lunes, 31 de agosto de 2009

Justicia laboral condenó a El Mercurio de Valparaíso por violar derechos laborales- Terra Argentina- 31.08.09


VALPARAÍSO, agosto 31.- Justo cuando en Santiago se dio por inicio a la Reforma a la Justicia Laboral en la jurisdicción de San Miguel, en los tribunales laborales de Valparaíso condenaron hoy a la empresa El Mercurio de esa ciudad, por violación del derecho a la libertad de expresión y opinión de los trabajadores.

La causa corresponde a una acción de tutela laboral presentada por el Sindicato número uno de trabajadores de El Mercurio de Valparaíso.

Según esta sentencia, la empresa deberá emitir una publicación en carácter destacado y por una sola vez, en que señale su apoyo irrestricto al derecho del trabajador a expresarse libremente, además de establecer en su reglamento un procedimiento para hacer ejercicio de ese derecho.

La acción fue patrocinada por la Corporación de Interés Público y la abogada laboral Daniela Marzi, quien valoró esta sentencia, "es la primera acción que se interpone asociada para declarar los derechos fundamentales dentro de la empresa, lo que tiene que ver con libertades y democratizar las relaciones laborales", dijo a Terra.cl.

Durante la negociación colectiva de la firma, los sindicatos Nº1 de trabajadores y Nº2 de periodistas de El Mercurio de Valparaíso, adhirieron a una marcha convocada por la Central Unitaria de Trabajadores CUT, el día jueves 16 de abril. Mientras los sindicatos marchaban por las calles, la jefatura del diario, encabezada por su director, Juan Pablo Toro, tomaron fotos de los dirigentes y trabajadores que se sumaron a la movilización.

Según la abogada, esta acción fue declarada como intimidatoria, "porque limita la libertad de los trabajadores de adherir a la marcha y expresarse respecto de la libertad nacional, esto debe irradiarse a las empresas, para que no se intimide a los trabajadores, porque tiene derechos en cuanto personas" destacó Daniela Marzi a este medio.

El Sindicato número uno de trabajadores, por medio de su Presidente, Mauricio Cifuentes, manifestó su satisfacción por la sentencia "las organizaciones son libres de participar en reuniones y pensar distinto a la empresa, da corolario a la libertad sindical".

En el juicio el sindicato de trabajadores fue patrocinado por la Corporación Interés Público. La sentencia de los tribunales laborales no es apelable, pero se puede recurrir de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

domingo, 30 de agosto de 2009

Un día de sol en Santa Barbara- Columna La Nación Domingo- 30.08.09

En Santa Bárbara, cerca de Los Ángeles, había sol el 4 de agosto de este año. Extraño para un lugar donde suele llover todo el invierno. Pero era una buena ocasión. Ese día, el Juzgado de Letras de la zona aplicaba las nuevas reglas de la justicia laboral y fallaba el caso que enfrentaba a la señora María Rina Jara, asesora del hogar, con su ex empleadora.
No es difícil imaginar a la señora Rina, más que contenta, incrédula. Quizás miró a la jueza con esa mezcla de respeto y temor con que comúnmente la gente humilde mira en el campo a los que ejercen alguna autoridad. ¿Ya se terminó?, debió haberse preguntado de seguro.
Y tampoco es difícil imaginar a su ex empleadora, entre sorprendida y molesta, al ser notificada de la sentencia. En menos de un mes -26 días para ser exactos- se tramitó todo el juicio laboral en su contra y el resultado fue elocuente: se declaró nulo el despido, fue condenada a pagar la indemnización por término de contrato, indemnización por aviso previo y al pago retroactivo de las cotizaciones previsionales.
Ella -la ex empleadora- no se tomó la molestia de ir al juicio. Como en su día no se tomó la molestia de hacerle un contrato de trabajo a la señora Rina, ni menos de minucias como pagar el ingreso mínimo aplicable (la remuneración era de 40.000 pesos mensuales por 32 horas semanales) o de dar el aviso de despido que la ley exige.
Y en algún sentido ambas partes fueron sorprendidas. Lo que no sabían es que el derecho chileno vivía esos extraños y episódicos momentos en que se acuerda de lo mejor que puede ofrecer a una sociedad -justicia y consideración para todos y especialmente para los más débiles- y por un momento y tan sólo por un momento, las cosas no serían como siempre en Chile.
Más allá de algunas cuestiones pendientes, la nueva justicia del trabajo -ésa que mañana llega a Santiago- está dando el ancho para tan epifánico momento, en que los juicios ahora son orales, duran menos de 2 ó 3 meses en promedio (o menos de uno, como el que estamos comentando), los trabajadores más pobres tienen defensa profesional y se sanciona seriamente la displicencia y las dilaciones en el juicio.
Había razones entonces para el sol en el cielo de Santa Bárbara. Pero no todo es tan sencillo. No hay que ser adivino para saber que ante un avance de tal calado de los sectores más débiles de nuestra sociedad, la elite empresarial montará una campaña política y mediática de presión para conseguir una contrarreforma.
Esa elite y sus abogados tienen motivos confesables e inconfesables para oponerse. Sólo escucharemos públicamente de los primeros y para ser exactos de sólo uno de ellos: el debido proceso.
Paradoja donde las haya. Los mismos abogados de antes que ayer no levantaron ni la más mínima protesta cuando Pinochet en 1981 desahució los tribunales laborales -para que el trabajador llevara sus asuntos en procedimientos civiles de 4 ó 5 años-, y que hasta hace poco no decían absolutamente nada sobre nuestro antiguo proceso laboral que duraba, por lo bajo, 2 años. De repente y de golpe rasgan vestiduras por un derecho fundamental que apenas ayer conocieron. Inevitable no acordarse de Neruda y su magnífica ley del embudo.
De los inconfesables, en cambio, no escucharemos nada. Pero yo se los cuento aquí, estimado lector. Un proceso laboral que dura dos o más años carga los dados en contra del trabajador. Debe esperar ese tiempo y más para obtener sus derechos laborales y ahí tiene un incentivo inderrotable para renunciar a ellos, haciendo realidad esa máxima cruel pero tan típica de nuestra antigua justicia laboral: es mejor un mal acuerdo que un buen juicio. Mejor era esperar el melancólico desarrollo del juicio laboral antiguo para ofrecer un poco de lo debido -¿un 20, un 30 o un 40 por ciento?- y apostar a que el trabajador se desistiese de su demanda. Total, quien resistirá 2 ó 3 años de juicio laboral con deudas pendientes y familia que mantener. Eso pensó, quizás, que ocurriría la empleadora de la señora Rina con el juicio en su contra.
Ahora, de los motivos confesables no nos preocupemos mucho: el nuevo proceso laboral respeta íntegramente el debido proceso y da garantías suficientes ambas partes de la posibilidad de defensa.
De los motivos inconfesables, en cambio, Dios nos pille confesados. La elite empresarial y sus abogados desatarán toda la presión posible para que tanto el gobierno como el Parlamento reformen la reforma. Y como sus motivos son inconfesables todo se hará tras bambalinas -lobby es el nombre elegante si mal no lo recuerdo- y sin que los trabajadores y sus organizaciones apenas se enteren. Y ahí -no nos engañemos- la señora Rina tiene muy pocas posibilidades de ganar.
Y volverá, entonces, a llover en Santa Bárbara. Como siempre.

viernes, 21 de agosto de 2009

El ministro en la sala equivocada- La Nación- Los cuestionamientos a Patricio Valdés Aldunate, presidente de la Sala Laboral de la Corte Suprema

27 de noviembre de 2007, pasado el mediodía. El prestigioso corredor de propiedades Diego Escobar acaba de perder un millonario juicio de arrendamiento en la Corte de Apelaciones de Santiago.
Sus contendores eran la Viña Santa Carolina -de Fernando Larraín Peña, ex líder del grupo económico conocido como "Los Pirañas" y hermano del actual presidente de Renovación Nacional- y el terrateniente sureño Jaime Bunster Iñiguez.
Poco después, se enteraría de que uno de los abogados de los empresarios era el presidente de la Cuarta Sala (Laboral) de la Corte Suprema, Patricio Valdés Aldunate, quien dejó el juicio el mismo día en que se falló.
Su renuncia no aparecía en el proceso, por lo que, en estricto rigor, no existió. El Código Orgánico de Tribunales (art. 316) dice que "es prohibido a los jueces ejercer la abogacía; y sólo podrán defender sus causas personales, o de sus cónyuges, ascendientes, descendientes, hermanos o pupilos. Les es igualmente prohibido representar en juicio a otras personas que las mencionadas en el precedente inciso."
Se trata del último de una serie de cuestionamientos hacia el magistrado, quien llegó al máximo tribunal el 15 de septiembre de 2006 (en un cupo de abogados externos).
Ha sido acusado de vínculos con el empresariado y de estar tras el cambio de doctrina en la sala laboral, que ha dejado como letra muerta derechos adquiridos por los trabajadores, favoreciendo una interpretación legal pro empresa.

sábado, 15 de agosto de 2009

Sindicatos deben ser libres - El Siglo de Durango (Mexíco) 15.08.09

José Luis Ugalde Cataldo, especialista en el tema laboral, considera que uno de los principales problemas del sindicalismo en México es que los gremios están ligados a partidos políticos y pierden el objetivo para el cual fueron creados
El catedrático de la Universidad de Chile expresó que el seguro del desempleo es uno de los principales retos de los países.
ENTREVISTA-¿Qué opinión tiene sobre la necesidad de una reforma laboral en México?
Es uno de los pocos países que no ha hecho una reforma laboral desde hace muchos años, a diferencia de una buena parte de los países latinoamericanos.
Creo que México necesita reformas, a mi juicio, que garanticen la plena libertad sindical.
Advierto que en el caso mexicano sería muy interesante una reforma a la justicia laboral. Tienen un modelo que no va de acuerdo con los tiempos modernos. No son tribunales independientes sino dependen del Poder Ejecutivo, las llamadas juntas de conciliación.
La tercera línea es la discusión de la liquidación al término del contrato, ver el seguro del desempleo, que es una incursión que se está dando en todo el continente.
Por lo que he conocido, creo que en Durango se tiene una experiencia interesante en el Seguro del Desempleo.
-Hay quienes opinan que uno de los principales problemas es el sindicalismo...
El sindicalismo no es un problema en sí mismo porque en muchos países funcionan muy bien. Me parece que en México el problema es la relación entre los sindicatos y el sistema político.
Cuando hay una relación muy cercana entre el sistema político y el sindicalismo eso hace que muchas veces el sindicato esté más preocupado en situarse en el poder político que en la defensa gremial.
El sindicato tiene un rol político pero es el de defender a los trabajadores, no es lo mismo, que deba estar inserto en un esquema de partido.
Esto afecta en varios sentidos. Primero, que se vuelven en grupos para captar el poder político cuando su objeto es influenciar en el poder. El sindicato es fundamental en la democracia pero para esto se requiere un sindicato independiente.
-¿Cómo enfrentar los tiempos de crisis?
Hay que ser muy inteligente. La protección social no es necesariamente incompatible.
La gente siente que no tiene protección y deja de consumir; así, se magnifican todos los efectos de la crisis.
En los países donde los trabajadores tienen la llave de la negociación, logran acordar cómo se enfrenta la crisis. Lo peor que puede pasar, que sucede en varios países, es que quien decide cómo se enfrenta son los empleadores, y eso se llama despido.
En los países más avanzados lo que generalmente se hace es llegar a acuerdos, puntualiza.

domingo, 9 de agosto de 2009

El olmo que no da peras- Columna La Nación Domingo-Villano invitado- 9 Agosto

No crea que le miento estimado lector. Pero desde que llegó la democracia, todos y cada uno de los gobiernos de la Concertación prometieron modificar las reglas laborales que dejó instaladas la dictadura. El conocido -Plan Laboral-, diseño unipersonal de Piñera José, el hermano.
Los resultados del Plan Laboral fueron de una precisión para los objetivos de su autor que da envidia: al año 2008 los trabajadores cubiertos por una negociación colectiva no superaron el 6%, mientras en los países desarrollados la tasa promedio es del 60%.
Y así estamos. O sea, donde mismo estábamos en 1989. Las explicaciones pueden ser muchas -es que nunca fuimos mayoría, las cosas del binominal, el problema de la crisis-, pero todas tienen algo en común: como en un tango, los gobiernos de la Concertación se han ido por la callecita silbando y haciéndose los distraídos.
Y el actual no es una excepción. Desde hace un año, Bachelet prometió nuevas reglas que potenciarían la negociación colectiva, y el Ministerio del Trabajo -hoy convertido en una dependencia del Ministerio de Hacienda- brilla por su ausencia.
La pregunta es obvia a esta altura, ¿qué parte de la idea de que no hay democracia sin relaciones laborales equilibradas, horizontales y con buenas dosis de diálogo social no ha entendido la coalición política que nos gobierna desde que se fue la dictadura?
¿Sigue temiendo el gobierno a los gremios empresariales y a su imponente poder mediático que no da curso a una reforma prometida tantas veces y postergada otras tantas?
O también existe la posibilidad de que el equivocado sea este columnista, y que afiebrado por sus ideas de izquierda este cegado en un mundo que ya no existe: la negociación colectiva es el pasado, y la dictadura militar, para bien o para mal, nos dio una gran lección sobre el mundo moderno.
Ese mundo en donde los que mandan son los empresarios -que son los emprendedores a los que hay que atender- y los que obedecen son los trabajadores. Y qué tanto si al fin y al cabo son un recurso -humano para que no suene tan mal-.
Ahora, si eso es así -y este columnista pareciera condenado a la nostalgia del pasado- hay un detalle que no se entiende: porque la OCDE -que la lleva, a juzgar por la excitación que produce en nuestra elite su sola invocación- le acaba de recomendar a Chile que se fortalezca la negociación colectiva (páginas 75 a 79. Informe OCDE).
En fin, quizás deba resignarme -junto con millones de trabajadores que no dicen ni pío en sus trabajos- a que, en nuestro país, los que mandan son unos pocos y que ellos -los elegidos- no necesitan estar en el gobierno para cuidar sus intereses.
Ellos saben, como nadie, que los olmos no dan peras.

Un truco de magia de la Corte de Valparaiso - El Mostrador - 7 Agosto

Vera Barkhannn era profesora de inglés en el Colegio Alemán de Valparaíso. Después de largos años al servicio de esa institución fue repentinamente despedida por la inefable causal de necesidades de la empresa. Lo que ella y sus propios compañeros de trabajo sabían -así se lo hicieron ver en una carta del sindicato a la empresa- es que la verdadera razón de ese despedido era la edad.
Pero, como ocurre en todos estos casos, el problema era la prueba: ¿Cómo acreditar que lo que al Colegio Alemán le molestaba era el exceso de canas y no un repentino apuro económico institucional?
A la profesora le esperaban, como a todos los trabajadores en Chile, buenas noticias: en la nueva justicia laboral las cosas no son tan difíciles. En esta los trabajadores discriminados deben aportar indicios suficientes que hagan "sospechar" razonablemente al juez que la discriminación ha ocurrido. En ese caso, entonces, corresponde al empleador acreditar que su motivación fue razonable y no discriminatoria.
Eso es lo que dice expresamente la Nueva Reforma Procesal Laboral en el artículo 493 del Código del Trabajo.
Y gracias a ello, la Sra. Barkhannn logro algo inédito en Chile. Que un tribunal la protegiera como no había ocurrido nunca con un trabajador en nuestro país en materia de discriminación: que se declarara por un tribunal -concretamente el Juzgado del Trabajo de Valparaíso- que su despido había sido discriminatorio por edad y que por tanto, debería pagarse un recargo indemnizatorio para la trabajadora, quedando el colegio, además, obligado a efectuar un seminario contra la discriminación. Sí, tal como lo leyó.
Pero estamos en Chile y ante tamaño avance de los trabajadores, eso no podía durar mucho.
La Corte de Valparaíso decidió anular el fallo del Tribunal del Trabajo. Y aquí lo malo no es la decisión sino la curiosa razón que se esgrimió. Sabiendo que los indicios contra el empleador eran más que suficientes y que el Colegio Alemán no los había desvirtuado en absoluto, la Corte de Valparaíso decidió vestirse de legislador y se inventó su propia regla legal, realizando un verdadero truco de magia: la regla de los indicios -el ya citado 493 del Código del Trabajo- no se aplica a los casos de discriminación laboral, sino sólo a los de derechos fundamentales.
Parece broma, pero es en serio y la perplejidad ante tamaño truco son obvias:
¿La Corte de Valparaíso no considera la no discriminación laboral un derecho fundamental? ¿Habrá leído alguna de sus señorías los tratados internacionales suscritos en la materia y vigentes en Chile? ¿No es acaso la no discriminación un derecho fundamental en nuestra propia Constitución?
Esa Corte se inventaba así para la historia del pensamiento jurídico occidental una distinción nunca antes conocida en el derecho internacional, genuinamente made in puerto: hay casos de derechos fundamentales y hay otros -los de discriminación- que no son de derechos fundamentales.
Fuera de broma, este fallo demuestra dramáticamente lo difícil que es en Chile avanzar en derechos para los sectores vulnerables: no basta con tener leyes que los protejan sino que, además, es necesario que los tribunales -como la Corte de Valparaíso- tengan la fidelidad mínima de respetar el sistema democrático y no inventen sus propias doctrinas.
En esas doctrinas casi siempre vuelven a perder los perdedores.
*José Luis Ugarte C es Profesor de Derecho