viernes, 29 de octubre de 2010

miércoles, 27 de octubre de 2010

II Jornadas Chileno-Uruguayas de Derecho del Trabajo- 3 y 4 de Noviembre

El próximo 3 y 4 de noviembre se realizará el II Encuentro Chileno-Uruguayo de Derecho del Trabajo y Seguridad Social, en Santiago de Chile.
Universidad Nacional Andrés Bello, Facultad de Derecho, Campus Bellavista Avda. Bellavista 0121, Providencia, Santiago. Tema I: “Mecanismos de determinación del salario”
Tema II: “El derecho de huelga”

En Sicología de la UDP Seminario: Trabajo, Subjetividad e Identidades.


El Programa de Estudios Psicosociales del Trabajo anuncia la realización del III Seminario Implicancias Psicosociales de las Transformaciones del Trabajo: Trabajo, Subjetividad e Identidades, que se realizará el jueves 04 de noviembre de 2010 en la Facultad de Psicología de la Universidad Diego Portales.

Informacion en:
http://www.boletinpsico.udp.cl/invitaciones/2010/septiembre/Seminario_Pepet.html

domingo, 24 de octubre de 2010

Los mineritos olvidados de Bolivia- ABC- 24.10

Abigaíl Canaviri, de 14 años, entra todas las noches en las galerías del Cerro Rico de Potosí, una de las minas más deterioradas y peligrosas del mundo. Allí empuja vagonetas cargadas de rocas durante doce horas, a cambio de dos euros. Como ella, unos 13.000 niños bolivianos arrancan rocas, muelen el mineral, lo tratan con ácidos y lo acarrean sobre sus hombros.

martes, 19 de octubre de 2010

La ampliación de la huelga - Accidente de San Jose

Mi propuesta para estos casos es la ampliación del derecho a huelga.
La cuestión sería algo así como : en casos de infracciones constadas a las normas de higiene y seguridad en el trabajo, los trabajadores podran declarar la huelga hasta la correción de las mismas.
No entiendo porque algunos hablan -incluyo a la CUT- de "paro" y no de huelga como corresponde.

domingo, 17 de octubre de 2010

"San José y el ocaso de un modelo" - Cambio21- 16.10.2010


El accidente de la Mina San Jose deja varias lecciones. El problema es que su lectura no es tan obvia. De hecho, lo más fácil es creer que se trata de un caso aislado y grave de accidente del trabajo.

Un caso donde todo se confabulo para la desgracia: confluyeron al mismo tiempo y en el mismo lugar la mala suerte y un mal empleador.

Pero eso es muy obvio y podría terminar engañándonos. No se trata con mucho de un caso aislado y de hecho refuerza la impresión bastante extendida de que en Chile ni la legislación laboral ni los órganos de fiscalización dan la talla para cumplir con crear ambientes seguros e higiénicos de trabajo.

Este caso, en rigor, exhibe de golpe un asunto mucho más profundo sobre el modo en que hemos decidido que se entiendan nuestros trabajadores y empleadores. Refleja con letras grandes y con total crudeza el agotamiento de un modelo de relaciones laborales que diseñado a fines de los setenta, no ha soportado el paso del tiempo y lo que es peor, la llegada de nuevas y complejas realidades productivas.

Nuestro modelo de relaciones laborales -que tengo la impresión ha comenzado a vivir su ocaso con el accidente de San Jose- se caracteriza por confiar que el Estado y sus órganos de fiscalización harán cumplir las normas que otorgan derechos a los trabajadores. Pero también, por una atávica desconfianza en los propios trabajadores y su capacidad para autotutelar sus derechos mediante la acción colectiva, la organización sindical y la huelga.

Ambos son malas ideas. La confianza en la capacidad de fiscalización laboral estatal -visto los hechos- ya no resiste análisis. Sus multas son bajas, su aplicación es esporádica, y según se ha sabido queda sujeta a todo tipo de presiones políticas.

Y desconfiar de los trabajadores y sus organizaciones colectivas, sólo se explica por un reflejo ideológico anclado en reglas legales redactadas en tiempo de la televisión en blanco y negro, que se ha transformado en uno de nuestros más serios lastres para un acariciado sueño: ser un país desarrollado en el mejor sentido de esa idea.


Es que un país donde sólo el 11 por ciento de los trabajadores tiene un sindicato que lo represente y donde negocia colectivamente el 5,4 por ciento de los trabajadores -en contraste con 60 por ciento promedio en el club de la OCDE- difícilmente puede ser desarrollado. Si es que por desarrollo, por supuesto, entendemos algo más un determinado numero del PIB per capita.

Tampoco puede ser desarrollado un país que según las reglas de su modelo califica cualquier intento de los trabajadores por protegerse a si mismos como ilegal. Así, a pesar de lo absurdo que suene, si los trabajadores de la Mina San José hubieran intentado hacer ver las precarias y peligrosas condiciones en que trabajaban ejerciendo su derecho a huelga, en vez de recurrir a la ineficaz acción fiscalizadora del Estado, dicha huelga habría sido ilegal. Y si otros trabajadores de otros yacimientos mineros en igual situación de peligrosidad intentarán hacer respetar las normas sobre higiene y seguridad mediante el ejercicio del derecho de huelga, dichas huelgas serían también ilegales.

Como se ve, un escenario que bordea el sinsentido. El mismo escenario, que a todo esto, nos enrostraban elegantemente nuestros nuevos socios de la OCDE -ellos si desarrollados- cuando diagnosticaban que: "las relaciones laborales en Chile son generalmente confrontacionales y marcadas por la falta de confianza".

Y que esto, según la misma OCDE, "se debe en parte a la limitada cobertura de los sindicatos y asociaciones empresariales. Por ejemplo, sólo el 11% de la fuerza laboral está sindicalizada y se concentra en determinados sectores, en particular en la minería (donde un 42% de los empleados está sindicalizado)".

No lo dice así la OCDE -cosas de la diplomacia-, pero sus palabras tienen el inconfundible aroma del fracaso.


Fracaso de un modelo de relaciones laborales que junto con las piedras que caían en la mina, se desnudada para mostrar su peor cara: ni el Estado pudo evitarlo, ni se dejaba a los trabajadores intentarlo.

viernes, 15 de octubre de 2010

El trabajador en su soledad- fragmento

En el primer programa de gobierno de la Concertación –el de Aylwin de 1989- se leía –en su página 32- lo siguiente:

“Las relaciones laborales son parte fundamental de la democracia. En la medida que ellas sean justas y equilibradas y posibiliten la participación el sistema democrático tendrá estabilidad, será posible encontrar soluciones consensuales para un desarrollo económico social sostenido.

Actualmente la institucionalidad laboral vigente no satisface estos requisitos de justicia, equidad y participación. Dicha institucionalidad ha puesto a los trabajadores en una situación de grave desprotección. Ha impedido la constitución de un sindicalismo fuerte y representativo, así como el desarrollo de una negociación colectiva equitativa para los actores laborales. Por lo tanto, no puede esperarse de ella la legitimidad social que es necesaria para regular de manera armónica las relaciones entre trabajadores y empresarios en un futuro régimen democrático”.


Veinte años después la cuestión sigue sorprendentemente igual y en algún sentido peor: hoy en Chile –al final de los gobiernos concertacionistas- hay menos trabajadores organizados sindicalmente que al termino de la dictadura (1990: 13,4 %/ 2009: 12,5%), hay menos trabajadores con cobertura de negociación colectiva (1990: 7,6%/ 2009: 5,9%) y hay menos trabajadores ejerciendo su derecho a huelga (1990: 25.010/2009: 21.915).

Dicho en otras palabras -las propias del programa de Aylwin- nuestros trabajadores tienen menos equidad, menos justicia y menos participación hoy que hace 20 años.

Que duda cabe que –salvo periodos electorales- el modelo laboral fue el gran olvidado de los gobiernos de la Concertación. Tal como detallaremos más adelante, se trata del mismo modelo que fuera implementado por la dictadura militar en un contexto de fuertes restricciones al debate democrático –y por ende, sin participación de los trabajadores en su diseño– y que está referido a una realidad productiva y laboral que ya no existe, de 40 años atrás.

lunes, 11 de octubre de 2010

viernes, 8 de octubre de 2010

El trabajador en su soledad -el modelo de relaciones laborales chileno y la promesa no cumplida-

Acaba de ver la luz mi último trabajo sobre el modelo de relaciones laborales en Chile: "El trabajador en su soledad".
A los que le interese escribanme a jose.ugartearrobaudp.cl y se los envio por correo.

miércoles, 6 de octubre de 2010

LA SONRISA DEL PAPA NOS PREOCUPA- Nicanor Parra -1998

nadie tiene derecho a sonreír
en un mundo podrido como éste
salvo que tenga pacto con el Diablo
S.S. debiera llorar a mares
y mesarse los pelos que le quedan ante las cámaras de televisión
en vez de sonreír a diestra y siniestra
como si en Chile no ocurriera nada¡
Sospechoso señoras y señores!
S.S. debiera condenaral Dictador en vez de hacer la vista gorda
S.S. debiera preguntarx sus ovejas desaparecidas
S.S. debiera pensar un poquito
fue para eso que los Cardenales
lo coronaron Rey de los Judíos
no para andar de farra con el lobo
que se ría de la Santa Madre
si le parece pero que no se burle de nosotros

viernes, 1 de octubre de 2010

La huelga y el modelo de relaciones laborales- Entrevista Fundacion Sol


Aquí volvemos a lo que estabas diciendo antes: el derecho del trabajo no tiene nada que ver con el empleo…
-Claro, es la tesis del derecho y la economía. El derecho termina siendo bastante menos relevante de lo que se suele creer en términos de generación de riqueza. Pero sí es muy importante en la distribución de ésta. Al momento de generar el PIB de un país, el derecho laboral es sustancialmente irrelevante. Al momento de decidir cuál va a ser el nivel de igualdad de la sociedad, el dato del derecho laboral es clave. Aquí la experiencia española nos vuelve a servir: en la década de los ’80, el gobierno de Felipe Gonzalez creó los contratos precarios, o contratos “basura”, porque se suponía que con esto se iban a crear muchos empleos e iba a disminuir la temporalidad. Bueno, no tuvo ningún efecto. En el caso chileno, también se ha comprado esa idea y se han incorporado normas sobre jornada parcial, sobre teletrabajo, etc. Eso no tiene ninguna importancia en la creación de empleo. Ahora, si tu tocas las reglas de negociación colectiva y huelga ahí sí que tiene relevancia, pero no para crear empleo o riqueza, sino para distribuirla… Este es el gran pecado del derecho del trabajo en nuestra sociedad, en el fondo.