viernes, 1 de octubre de 2010

La huelga y el modelo de relaciones laborales- Entrevista Fundacion Sol


Aquí volvemos a lo que estabas diciendo antes: el derecho del trabajo no tiene nada que ver con el empleo…
-Claro, es la tesis del derecho y la economía. El derecho termina siendo bastante menos relevante de lo que se suele creer en términos de generación de riqueza. Pero sí es muy importante en la distribución de ésta. Al momento de generar el PIB de un país, el derecho laboral es sustancialmente irrelevante. Al momento de decidir cuál va a ser el nivel de igualdad de la sociedad, el dato del derecho laboral es clave. Aquí la experiencia española nos vuelve a servir: en la década de los ’80, el gobierno de Felipe Gonzalez creó los contratos precarios, o contratos “basura”, porque se suponía que con esto se iban a crear muchos empleos e iba a disminuir la temporalidad. Bueno, no tuvo ningún efecto. En el caso chileno, también se ha comprado esa idea y se han incorporado normas sobre jornada parcial, sobre teletrabajo, etc. Eso no tiene ninguna importancia en la creación de empleo. Ahora, si tu tocas las reglas de negociación colectiva y huelga ahí sí que tiene relevancia, pero no para crear empleo o riqueza, sino para distribuirla… Este es el gran pecado del derecho del trabajo en nuestra sociedad, en el fondo.


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