jueves, 26 de agosto de 2010

domingo, 22 de agosto de 2010

Mina San Jose y tutela laboral - 22.08.2010

Existen -brevemente- varias cosas en este aspecto para decir:
1.- La Inspección del Trabajo y cualquier organización sindical minera tienen interés legitimo para demandar una accion de tutela laboral por "derecho a la vida e integridad física y síquica" de los trabajadores.
2- El objeto principal de esta acción debería ser una indemnización por daño moral a cada uno de los trabajadores atrapados en la mina, consecuencia expresamente prevista por las normas de tutela laboral. Y asimismo la modificación total del sistema de trabajo de esa y otras minas de la misma empresa en términos de higiene y seguridad. Todo esto es posible dentro de la acción de tutela laboral.
Sin perjuicio, obviamente, de la acción penal que ya esta en curso por el delito de lesiones culposas, a la que sinceramente no le tengo ninguna fe. El Derecho Penal chileno no esta en condiciones de responder ante el desafio de los accidentes del trabajo.

viernes, 20 de agosto de 2010

martes, 10 de agosto de 2010

Otros tiempos no fueron distintos- "Justicia de Clase" de Novoa Monreal- 1970

La principal (causa) la hemos explicado ya en otra oportunidad…el pluralismo ideológico imperante no rige para el Poder Judicial, mantenido enteramente al margen de la renovación de las aspiraciones nacionales en lo social. Ese Poder, particularmente la Corte Suprema, es un incondicional defensor del status social, económico y político vigente y reprueba a quienes luchan por cambios sociales. Para pertenecer a él se exige adhesión a posiciones tradicionalistas y de conformismo social.
Los miembros de la Corte Suprema tiene vínculos y relaciones con los sectores más conservadores de la sociedad chilena y, generalmente, proceden de ellos.Lo expresado lo podemos corroborar con lo que han manifestado oficialmente los propios Ministros de la Corte Suprema. Según su criterio, la lucha de clases es un mito que debe ser desenmascarado; no existe separación tajante entre la clase trabajadora, por una parte, y los empresarios, los terratenientes, los monopolios y el gran capital nacional y extranjero, por la otra; los poseedores de la riqueza reparten cada vez más sus utilidades entre los que concurren con ellos a la producción de bienes; hablar de la lucha de las masas para arrancar nuevas conquistas de los sectores privilegiados, es despertar rencores censurables y emplear palabras que no reflejan la verdad; las diferencias sociales han desaparecido y en Chile hombres de modesto origen económico pueden alcanzar las más encumbradas posiciones políticas y sociales (Conceptos extraídos de la respuesta de la Corte Suprema a la acusación constitucional que en contra de sus miembros entablaron diez parlamentarios socialistas y comunistas a fines de 1967).Son palabras que…repetidas hoy, marcan una concepción ideológica de quienes las emiten, no compartida por todos los chilenos, ni siquiera por la mayoría.
Es preciso agregar que casi todos los magistrados que así fallan y así opinan, están ciertos de desempeñar sus funciones en la forma más acertada. Es tal el peso de su extracción, de su formación, del medio en el que se desenvuelven y de los estímulos psicológicos que reciben normalmente en su desempeño, que difícilmente llegarán siquiera a interrogarse si no habría una manera diferente de administrar justicia.En sus labores son acompañados por Abogados Integrantes escogidos dentro de cuadros de profesionales animados de su mismo espíritu y que son, algunas veces, asesores jurídicos de las más poderosas empresas nacionales o extranjeras (…).