martes, 25 de enero de 2011

Chile B:pagar por trabajar - El Mostrador 20.01.2011

El asunto es relativamente sencillo. Pero no por eso menos sorprendente. En el Chile del siglo XXI, día a día, a vista y paciencia de las autoridades publicas, y de nosotros mismos –miles de clientes- se vulnera groseramente la ley laboral, y en un punto extremadamente sensible para un país que sueña con el cartel de desarrollado: el trabajo infantil. En este caso, el de empaquetadores en los grandes supermercados.

Lejos de la retórica ridículamente autocomplaciente del Gobierno –la del chilean way y ese tipo de bobadas- y de buena parte del círculo empresarial que gusta hablar de un país de clase mundial, se encuentra la cruda realidad: trabajo infantil al margen de la ley.

Se trata de menores a quienes no se les reconoce por las grandes cadenas de supermercados su calidad de trabajadores y sus más básicos derechos laborales. Pero no sólo eso, y aquí la figura raya en lo grotesco: deben pagar para trabajar.
Tal como lo leyó. Deben pagar para que una empresa externa – emprendedores de tomo y lomo como se ve- les permita colocarse en alguna de las cajas del supermercado a recibir, no ya un sueldo –no sea ingenuo sr. lector- sino una que otra propina de los que, precisamente, no llevan velo en este entierro: los clientes del supermercado.

Negocio redondo. El emprendimiento es su estado puro. La cadena de supermercado no paga derechos laborales, porque ha huido de su responsabilidad a través de una empresa externa. Y esta, ni corta ni perezosa, no sólo no reconoce su condición de empleador, sino que le pone precio al fraude: 500 pesos diarios por trabajar.

Líder (D&S) acaba de negar enérgicamente que cobre a los empaquetadores. Obvio, si eso lo hace la empresa colocadora.

¿Y el Estado donde está?
Estudiando el asunto. Así lo han dicho. En efecto, el Ministerio del Trabajo ha ocupado un lenguaje lleno de metáforas más propias de comentarista de cine francés, que de autoridades públicas encargadas de sancionar el fraude para referirse a este asunto. Se ha hablado con un nivel de eufemismo notable: “es una situación compleja”, “delicada”, “la estamos estudiando”, etc.

Pareciera que les hubieran encargado decidir el asunto del comienzo de la vida, más que resolver si este grupo de niños tienen derecho a tener un contrato de trabajo y a derechos laborales mínimos, y peor aún, si tienen derecho a que no les cobren por trabajar.

Quizás sea necesario, entonces, auxiliar a las atribuladas autoridades para ayudarlas a terminar la tesis doctoral que parecieran estar redactando de este caso: los menores no empaquetan por el irresistible gusto de meter cosas en bolsas, ni menos porque sean emprendedores del empaquetado.

Lo hacen por recibir un pago por ello, y en un negocio que dirige y controla el Supermercado -disculpen tamañas obviedades pero en Chile, lo obvio admite, si el pez es gordo, varias interpretaciones-. Dicho de otro modo, el niño no trabaja para sí mismo, sino para otro, que lo dirige y lo manda: el punto es saber quien es ese.

Y ahí las opciones son dos: o el supermercado o la empresa externa. Y cualquiera sea la opción, hay una grosera burla a la ley laboral.

Si el empleador es el supermercado, entonces debe todos los derechos laborales que corresponde como a cualquier otro trabajador. Con un grave añadido: no se han pagado las remuneraciones desde tiempos inmemoriales.

Y si se decide que el empleador es la empresa externa –los emprendedores que cobran por dar trabajo-, entonces, el asunto es más grave aún: se trataría de una subcontratación donde ambas empresas están vulnerando la ley: la externa por no hacer los respectivos contratos de trabajo, y el supermercado por no actuar como empresa principal, ejerciendo el control sobre su empresa contratista.

Así de simple y sencillo.

Lo complejo, eso sí, no es la situación legal. Eso es lo de menos. Lo difícil es como enfrentar el poder político y económico del que durante todos estos años ha hecho gala la asociación gremial de supermercados para simplemente inhibir las más obvias de las soluciones: aplicar la ley como en cualquier otro caso.

Ahora ese poder no deja de sorprender. Ni corta ni perezosa esa asociación -que avalado este fraude laboral por décadas- se da el lujo de proponer una solución de aquellas con olor a pasado:

Expulsar por ley a estos menores de la ley laboral y su protección, dijo, sin arrugarse, su Presidenta. Buena idea, debe haber pensado, recordando al General y su eficiente colaborador José Piñera, que hicieron lo mismo con los alumnos en práctica.

Quizás deba, en todo caso, agradecerse la sinceridad: queremos trabajadores pero sin derechos.

Que se trate de menores de edad, que deban pagar por trabajar y que al mismo tiempo trabajen en una de las industrias más rentables de la vida económica nacional, son, a estas alturas, simples detalles de una paradoja.

De esas que los países tercermundistas suelen someter a sus trabajadores.

7 comentarios:

  1. Lamentablemente el panorama es desolador… puede resultar un poco sugerente mi idea, pero en estos casos pareciera ser que la única salida es unirse y alzarse, (le dicen algo así como "huelga"), quizás al verse acorralados por los reclamos de los clientes se percaten de la fuerza de esos sin voz, porque reitero, por allá arriba el panorama es entristecedor…
    saludos

    Solange

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  2. Por desgracia nada nuevo, estimando que en nuestro país una empresa puede tener multiples razones sociales, por tanto 1 empresa con 100 razones sociales, son cien empresas distintas, impidiendo que los trabajadores de una y otra razón social puedan negociar colectivamente, mismo país en que es posible el reemplazo de trabajadores en huelga de forma interna, trasladando trabajadores de un sector a otro al interior de la empresa, pensar que muchos de estas situaciónes podrían solcuionarse haciendo lo correcto en lugar de lo fácil.

    Saludos Profesor
    Andrés Delgado

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  3. Pero si al final hay un Dictamen del año de la polca de María ester Feres que dice que es trabajo subordinado respecto del supermercado: órdenes de dónde desplazarse dentro del recinto, logos,trabajo conexo a la actividad productiva. Ahora, si todos cierran un ojo porque pensamos que ese ese puede ser un ingreso importante para una familia (en circunstancias que los supermercados pueden pagar por un trabajo que le es útil, qué onda) es otro cuento. Si hasta lo de la subcontratación es rebuscado pensando en lo tipicamente subordinado que es ese trabajo.
    Valeria B.

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  4. Interesante. El dictamen de la DT en rigor, no dice que los empaquetadores sean trabajadores -esa fue una versión original rechazada por los Supermercados- sino que depende del caso a caso. De hecho no conozco fiscalizaciones donde se haya exigido la escrituracion de los contratos.´
    En los Tribunales los abogados de los supermercados tienen expresas instrucciones de llegar a arreglos para evitar jurisprudencia en la materia.
    saludos

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  5. Es más, hay casos en los que los supermercados han llegado a acuerdos dando el total de lo pedido en la demanda, una contradicción en sí misma con los que es una conciliación. Pero por eso no parece pasar en lo absoluto por finezas jurídicas sino porque se defina si estos cabritos tienen derechos, superando el problema de la coacción que es "ah!, es que si no este trabajo se acaba". Por otro lado, esos abogados tendrán al frente a otro abogado y a un juez que se podrían interesar más en el asunto. Es decir, más un problema de voluntad que de falta de norma.
    Y el sindicato no suele hacer un muy buen papel en estos temas porque como no son trabajadores o de una no los consideran su problema o peor y más miserable, los miran con recelo y como competencia ya que son mano de obra barata.
    V.B.

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  6. Estimados:
    Un fallo del JLT de Valparaíso declaró, aunque con cierta "prudencia" en cuanto a sus efectos, que existe una relación laboral entre el empaque y la asosiciación a la que pertenece (empleador), y que a esta última la une con la empresa beneficiada (Jumbo) un vínculo contractual que hace aplicable las reglas de trabajo en régimen de subcontratacion. La sentencia acoge el despido injustificado, ordena pagar la indemnización correspondiente, el feriado proporcional, pero niega lugar a la acción de nulidad del despido. Por otra parte, ordena el pago de las cotizaciones previsionales por todo el periodo trabajado. Condena a Jumbo a pagar solidariamente las prestaciones adeudadas por no haber ejercido el derecho legal de información y retención. No se demandaron remuneraciones por el actor, por lo que el tribunal no se pronunció sobre este punto, aunque negó la procedencia de un pago basado exclusivamente en propinas. Si bien la sentencia no hace más que constatar una realidad que obstinadamente se había desconocido, es destacable por ser, al parecer, la primer que se pronuncia sobre la materia. Es criticable que no haya hecho lugar a la acción de nulidad del despido, basada en una consideración extrajurídica, y que califica como una relación "sui generis".
    Este pronunciamiento debería hacer que la DT revisara su jurisprudencia, y dejara de ver un trabajo independiente en donde no se dan sino elementos de subordinación y dependencia.
    Ahora bien, el paso siguiente debería ser demandar las remuneraciones por todo el tiempo trabajado, en el cual sólo se obtuvieron propinas y, aun más, declarar ilegales los "descuentos" (en realidad pagos directos) realizados por las "asociaciones" de empaques a sus mimbros. Ahora bien, el Supermercado nada paga a la "asosiación", pues ésta obtiene otro lucro, proviniente del pago de cada empaque por su turno, es decir, por permitirle trabajar.
    Recordemos que el sueldo constituye un estipendio obligatorio para todo trabajador que cumple una jornada ordinaria de trabajo, por lo tanto, resultaría indiscutible que el empleador adeudaría siempre esta remuneración al empaque.
    La setencia se dictó en la causa rol M-1146-2010, seguida ante el JLT de Valparaíso, caratulada "Ilabaca con Sociedad Bow y Jumbo administradora Norte S.A."

    Saludos a todos!

    Lautaro.

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