sábado, 25 de diciembre de 2010

Facho emergency- The Clinic- 23.12.10


La Directora de Sernatur debe hacer respingado la nariz cuando visito por primera vez esa repartición pública: tanto poca gente como uno debe haber pensado para sus adentros. Donde me vino a poner Sebastian.

Tanto morenito. Y tan mal vestidos. Con aros y piercing y el pelo largo. Eso esta bien para los hijos de mis amigas – las gallas del Colegio - que estudian arte conceptual –tan locos ellos-.

Pero, esta muy mal para funcionarios grado 15.

De seguro, debe haber recordado a su Tata cuando –en esos días en que las copas de más en el Club La Unión lo hacían hablar sin tapujos- trato a los nuevos militares alemanes –los de la democracia, no los de Tercer Reich- de homosexuales, marihuaneros y sindicalistas. Es que ya no usaban el pelo corto y el uniforme como los de antes, en los tiempos de Goebbles.

Es que existe una delgada pero profunda línea entre el fascismo estético de ayer y el de hoy: nada de rarezas que reflejen pluralismo y democracia, sólo un estándar –el de ellos por supuesto-. Que se refleje en la ropa el orden que tanto nos ha costado construir, el ideal portaliano que tanto gusta a nuestra elite conservadora: unos pocos –como ellos- mandan, el resto, sólo obedece. Calladitos y ordenados. Como en el Ejército. O como en el SERNATUR.

Es que nuestros homus de derecha es así: tuvo la desgracia de país lleno de mestizos, mal educados y hasta hace poco mal alimentados. La raza es la mala suelen decir, añorando otros tiempos, donde las cosas estaban en su lugar.

Pero ya que no tiene otro destino que vivir entre nosotros ha decidido que, al menos, nos vistamos como a ellos les gusta. Y el estilo es el militar: pelo corto, sin barba, sin estridencias. Y por nada del mundo rarezas tales como piercing y tatuajes.

Lo peor, en todo caso, es la justificación del facho emergency: es que el Sernatur atiende turistas y debemos dar nuestra mejor cara al mundo.

Pensándolo bien, quizás tienen razón. En una de esas -que horror - los extranjeros descubren que no somos europeos. Que nos llamamos González y Tapia, que no somos regios, y que además, de bajitos, nos ha dado ahora por usar el pelo largo, aros y otras inmoralidades del siglo XXI.

Todo una rotería.

viernes, 17 de diciembre de 2010

Hable no más señor Vidal. Cambio 21. 17.12.2010


La elite concertacionista esta enojada. Confundida, respira por la herida. La herida de veinte años de Gobierno para que Chile quedará - en lo que importa- prácticamente igual: como una de las sociedades más injustas y desiguales del mundo

Columna:
http://www.cambio21.cl/cambio21/site/artic/20101217/pags/20101217131133.html

martes, 7 de diciembre de 2010

martes, 30 de noviembre de 2010

Informe UDP Derechos Humanos 2010- "El modelo de trabajo en Chile y los derechos de los trabajadores"


En Chile, el modelo normativo que rige las relaciones entre trabajadoresy empleadores es complejo, por cuanto se basa en el Plan Laboralimplementado durante el régimen militar, que impone una serie de restriccionesa los derechos laborales de los trabajadores, en especial los deíndole colectiva.En este capítulo se analizan las principales debilidades del modelonormativo laboral chileno y de qué modo vulnera los derechos fundamentalesde los trabajadores.

Descargar de:


lunes, 22 de noviembre de 2010

El nuevo "tratito" laboral. Columna Cambio21.


En una de esas Luis Urzua -el jefe de turno de los mineros- hasta se la creyó. Digo que, quizás pensó, en medio de las emociones del momento, y escuchando de frente a Piñera, que la promesa sería cierta: habrá un nuevo trato laboral.

Pero la esperanza de Urzua y a través suyos de muchos trabajadores, ha durado muy poco. Ya se conocen las principales medidas propuestas por la Comisión del Gobierno y en ella no hay nada que pueda ser considerado, ni en el sentido más generoso de las palabras, un nuevo trato laboral.
Ver columna en:
http://www.cambio21.cl/cambio21/site/artic/20101122/pags/20101122161452.html

lunes, 8 de noviembre de 2010

¿Deben existir recursos ante la Corte Suprema en materia laboral?


No. Ninguno. Ni siquiera, en rigor, debería existir el de unificacion de jurisprudencia.

La razones de esa postura las explica -mejor de lo que puedo hacerlo yo- Novoa Monreal en Justicia de Clase (1970):

"Quiso el legislador que la aplicación de las leyes del trabajo quedara sustraída a los tribunales ordinarios de justicia, impreg­nados en el espíritu de la justicia conmutativa que establece la legislación civil que habitualmente aplican, y fuera entregada a tribunales especiales, formados en los principios de la justicia social y más aptos para comprender que la equidad exige una actitud protectora hacia el asalariado, como medio de compensar su debilidad frente al poder empresarial.

Se crearon por ello los Tribunales del Trabajo, con una organización y constitución diver­sas de las que rigen para la justicia ordinaria.Para asegurar este ámbito independiente de actuación para estos tribunales especializados, se dispuso expresamente que "contra las sentencias de las Cortes del Trabajo no procederá recurso alguno" (artículo 573 del Código del Trabajo).Posteriormente, la ley 5.158, de 1933, ordenó hacer extensiva a los Tribunales del Trabajo la jurisdicción directiva, correccional y económica que la Constitución asigna a la Corte Suprema sobre todos los tribunales. Nótese que la facultad conferida a la Corte Suprema quedó limitada a los aspectos señalados y no destruye en forma alguna la voluntad del legislador de que ella no deje' de revisar las decisiones adoptadas por la justicia del trabajo; sola­mente está facultada para impartir normas sobre funciona­miento, régimen interno, distribución de tiempo, forma de asis­tencia y control (facultades directiva y económica) e imponer sanciones disciplinarias, censurando o sancionando a los funcio­narios que faltan a sus deberes o incurren en abusos funcionarios (facultad correccional). Sin embargo, extralimitando sus facultades, la Corte Suprema revisa cada año centenares de sentencias de los Tribunales del Trabajo y las modifica o revoca a voluntad, olvi­dando que la ley quiso sustraerle esa clase de materias.

El hecho es tanto más grave cuanto que estas modificaciones o revoca­ciones las realiza tan sólo reformando las sentencias y sin aplicar medidas disciplinarias a los magistrados que habían resuelto con otro criterio (lo que por sí solo demuestra que éstos no incurrie­ron en real falta o abuso funcionarios) y, además, sin que en la Corte Suprema haya ni un solo especialista en legislación labo­ral."
Para asegurar este ámbito independiente de actuación para estos tribunales especializados, se dispuso expresamente que "contra las sentencias de las Cortes del Trabajo no procederá recurso alguno" (artículo 573 del Código del Trabajo).

viernes, 29 de octubre de 2010

miércoles, 27 de octubre de 2010

II Jornadas Chileno-Uruguayas de Derecho del Trabajo- 3 y 4 de Noviembre

El próximo 3 y 4 de noviembre se realizará el II Encuentro Chileno-Uruguayo de Derecho del Trabajo y Seguridad Social, en Santiago de Chile.
Universidad Nacional Andrés Bello, Facultad de Derecho, Campus Bellavista Avda. Bellavista 0121, Providencia, Santiago. Tema I: “Mecanismos de determinación del salario”
Tema II: “El derecho de huelga”

En Sicología de la UDP Seminario: Trabajo, Subjetividad e Identidades.


El Programa de Estudios Psicosociales del Trabajo anuncia la realización del III Seminario Implicancias Psicosociales de las Transformaciones del Trabajo: Trabajo, Subjetividad e Identidades, que se realizará el jueves 04 de noviembre de 2010 en la Facultad de Psicología de la Universidad Diego Portales.

Informacion en:
http://www.boletinpsico.udp.cl/invitaciones/2010/septiembre/Seminario_Pepet.html

domingo, 24 de octubre de 2010

Los mineritos olvidados de Bolivia- ABC- 24.10

Abigaíl Canaviri, de 14 años, entra todas las noches en las galerías del Cerro Rico de Potosí, una de las minas más deterioradas y peligrosas del mundo. Allí empuja vagonetas cargadas de rocas durante doce horas, a cambio de dos euros. Como ella, unos 13.000 niños bolivianos arrancan rocas, muelen el mineral, lo tratan con ácidos y lo acarrean sobre sus hombros.

martes, 19 de octubre de 2010

La ampliación de la huelga - Accidente de San Jose

Mi propuesta para estos casos es la ampliación del derecho a huelga.
La cuestión sería algo así como : en casos de infracciones constadas a las normas de higiene y seguridad en el trabajo, los trabajadores podran declarar la huelga hasta la correción de las mismas.
No entiendo porque algunos hablan -incluyo a la CUT- de "paro" y no de huelga como corresponde.

domingo, 17 de octubre de 2010

"San José y el ocaso de un modelo" - Cambio21- 16.10.2010


El accidente de la Mina San Jose deja varias lecciones. El problema es que su lectura no es tan obvia. De hecho, lo más fácil es creer que se trata de un caso aislado y grave de accidente del trabajo.

Un caso donde todo se confabulo para la desgracia: confluyeron al mismo tiempo y en el mismo lugar la mala suerte y un mal empleador.

Pero eso es muy obvio y podría terminar engañándonos. No se trata con mucho de un caso aislado y de hecho refuerza la impresión bastante extendida de que en Chile ni la legislación laboral ni los órganos de fiscalización dan la talla para cumplir con crear ambientes seguros e higiénicos de trabajo.

Este caso, en rigor, exhibe de golpe un asunto mucho más profundo sobre el modo en que hemos decidido que se entiendan nuestros trabajadores y empleadores. Refleja con letras grandes y con total crudeza el agotamiento de un modelo de relaciones laborales que diseñado a fines de los setenta, no ha soportado el paso del tiempo y lo que es peor, la llegada de nuevas y complejas realidades productivas.

Nuestro modelo de relaciones laborales -que tengo la impresión ha comenzado a vivir su ocaso con el accidente de San Jose- se caracteriza por confiar que el Estado y sus órganos de fiscalización harán cumplir las normas que otorgan derechos a los trabajadores. Pero también, por una atávica desconfianza en los propios trabajadores y su capacidad para autotutelar sus derechos mediante la acción colectiva, la organización sindical y la huelga.

Ambos son malas ideas. La confianza en la capacidad de fiscalización laboral estatal -visto los hechos- ya no resiste análisis. Sus multas son bajas, su aplicación es esporádica, y según se ha sabido queda sujeta a todo tipo de presiones políticas.

Y desconfiar de los trabajadores y sus organizaciones colectivas, sólo se explica por un reflejo ideológico anclado en reglas legales redactadas en tiempo de la televisión en blanco y negro, que se ha transformado en uno de nuestros más serios lastres para un acariciado sueño: ser un país desarrollado en el mejor sentido de esa idea.


Es que un país donde sólo el 11 por ciento de los trabajadores tiene un sindicato que lo represente y donde negocia colectivamente el 5,4 por ciento de los trabajadores -en contraste con 60 por ciento promedio en el club de la OCDE- difícilmente puede ser desarrollado. Si es que por desarrollo, por supuesto, entendemos algo más un determinado numero del PIB per capita.

Tampoco puede ser desarrollado un país que según las reglas de su modelo califica cualquier intento de los trabajadores por protegerse a si mismos como ilegal. Así, a pesar de lo absurdo que suene, si los trabajadores de la Mina San José hubieran intentado hacer ver las precarias y peligrosas condiciones en que trabajaban ejerciendo su derecho a huelga, en vez de recurrir a la ineficaz acción fiscalizadora del Estado, dicha huelga habría sido ilegal. Y si otros trabajadores de otros yacimientos mineros en igual situación de peligrosidad intentarán hacer respetar las normas sobre higiene y seguridad mediante el ejercicio del derecho de huelga, dichas huelgas serían también ilegales.

Como se ve, un escenario que bordea el sinsentido. El mismo escenario, que a todo esto, nos enrostraban elegantemente nuestros nuevos socios de la OCDE -ellos si desarrollados- cuando diagnosticaban que: "las relaciones laborales en Chile son generalmente confrontacionales y marcadas por la falta de confianza".

Y que esto, según la misma OCDE, "se debe en parte a la limitada cobertura de los sindicatos y asociaciones empresariales. Por ejemplo, sólo el 11% de la fuerza laboral está sindicalizada y se concentra en determinados sectores, en particular en la minería (donde un 42% de los empleados está sindicalizado)".

No lo dice así la OCDE -cosas de la diplomacia-, pero sus palabras tienen el inconfundible aroma del fracaso.


Fracaso de un modelo de relaciones laborales que junto con las piedras que caían en la mina, se desnudada para mostrar su peor cara: ni el Estado pudo evitarlo, ni se dejaba a los trabajadores intentarlo.

viernes, 15 de octubre de 2010

El trabajador en su soledad- fragmento

En el primer programa de gobierno de la Concertación –el de Aylwin de 1989- se leía –en su página 32- lo siguiente:

“Las relaciones laborales son parte fundamental de la democracia. En la medida que ellas sean justas y equilibradas y posibiliten la participación el sistema democrático tendrá estabilidad, será posible encontrar soluciones consensuales para un desarrollo económico social sostenido.

Actualmente la institucionalidad laboral vigente no satisface estos requisitos de justicia, equidad y participación. Dicha institucionalidad ha puesto a los trabajadores en una situación de grave desprotección. Ha impedido la constitución de un sindicalismo fuerte y representativo, así como el desarrollo de una negociación colectiva equitativa para los actores laborales. Por lo tanto, no puede esperarse de ella la legitimidad social que es necesaria para regular de manera armónica las relaciones entre trabajadores y empresarios en un futuro régimen democrático”.


Veinte años después la cuestión sigue sorprendentemente igual y en algún sentido peor: hoy en Chile –al final de los gobiernos concertacionistas- hay menos trabajadores organizados sindicalmente que al termino de la dictadura (1990: 13,4 %/ 2009: 12,5%), hay menos trabajadores con cobertura de negociación colectiva (1990: 7,6%/ 2009: 5,9%) y hay menos trabajadores ejerciendo su derecho a huelga (1990: 25.010/2009: 21.915).

Dicho en otras palabras -las propias del programa de Aylwin- nuestros trabajadores tienen menos equidad, menos justicia y menos participación hoy que hace 20 años.

Que duda cabe que –salvo periodos electorales- el modelo laboral fue el gran olvidado de los gobiernos de la Concertación. Tal como detallaremos más adelante, se trata del mismo modelo que fuera implementado por la dictadura militar en un contexto de fuertes restricciones al debate democrático –y por ende, sin participación de los trabajadores en su diseño– y que está referido a una realidad productiva y laboral que ya no existe, de 40 años atrás.

lunes, 11 de octubre de 2010

viernes, 8 de octubre de 2010

El trabajador en su soledad -el modelo de relaciones laborales chileno y la promesa no cumplida-

Acaba de ver la luz mi último trabajo sobre el modelo de relaciones laborales en Chile: "El trabajador en su soledad".
A los que le interese escribanme a jose.ugartearrobaudp.cl y se los envio por correo.

miércoles, 6 de octubre de 2010

LA SONRISA DEL PAPA NOS PREOCUPA- Nicanor Parra -1998

nadie tiene derecho a sonreír
en un mundo podrido como éste
salvo que tenga pacto con el Diablo
S.S. debiera llorar a mares
y mesarse los pelos que le quedan ante las cámaras de televisión
en vez de sonreír a diestra y siniestra
como si en Chile no ocurriera nada¡
Sospechoso señoras y señores!
S.S. debiera condenaral Dictador en vez de hacer la vista gorda
S.S. debiera preguntarx sus ovejas desaparecidas
S.S. debiera pensar un poquito
fue para eso que los Cardenales
lo coronaron Rey de los Judíos
no para andar de farra con el lobo
que se ría de la Santa Madre
si le parece pero que no se burle de nosotros

viernes, 1 de octubre de 2010

La huelga y el modelo de relaciones laborales- Entrevista Fundacion Sol


Aquí volvemos a lo que estabas diciendo antes: el derecho del trabajo no tiene nada que ver con el empleo…
-Claro, es la tesis del derecho y la economía. El derecho termina siendo bastante menos relevante de lo que se suele creer en términos de generación de riqueza. Pero sí es muy importante en la distribución de ésta. Al momento de generar el PIB de un país, el derecho laboral es sustancialmente irrelevante. Al momento de decidir cuál va a ser el nivel de igualdad de la sociedad, el dato del derecho laboral es clave. Aquí la experiencia española nos vuelve a servir: en la década de los ’80, el gobierno de Felipe Gonzalez creó los contratos precarios, o contratos “basura”, porque se suponía que con esto se iban a crear muchos empleos e iba a disminuir la temporalidad. Bueno, no tuvo ningún efecto. En el caso chileno, también se ha comprado esa idea y se han incorporado normas sobre jornada parcial, sobre teletrabajo, etc. Eso no tiene ninguna importancia en la creación de empleo. Ahora, si tu tocas las reglas de negociación colectiva y huelga ahí sí que tiene relevancia, pero no para crear empleo o riqueza, sino para distribuirla… Este es el gran pecado del derecho del trabajo en nuestra sociedad, en el fondo.


martes, 7 de septiembre de 2010

Gabriel Salazar- Que Pasa - 03.09.2010

-¿Y usted coincide con esa mirada?
-En general sí. Es evidente que el PS actual y la DC actual olvidaron los fundamentos sobre los cuales se constituyeron como partidos. El PS con toda la trayectoria del Frente de Trabajadores, la revolución latinoamericana distinta de la moscovita... Y la DC, que surge también con esto de la opción preferencial por los pobres, Jacques Maritain, Juan XXIII, Pacem in Terris, todo un pensamiento humanista cristiano en pro de la justicia social. Todo ese discurso, que caracterizó al primer gobierno de la DC, hoy nadie lo menciona. Ninguno de esos discursos se menciona... hoy son todos neoliberales.
-¿Los socialistas se olvidaron de los trabajadores y los democratacristianos se olvidaron de los pobres?
-Claro, todos administraron el modelo neoliberal de Pinochet, y en su misma lógica. Y eso explica el descontento de las bases, porque son partidos de cúpulas.
Bonita manera de llegar a celebrar el Bicentenario…
-O bien celebramos un cumpleaños o bien hacemos un balance de vida. Son dos cosas distintas. Podemos celebrar el cumpleaños 200 de la Independencia, que es probablemente lo que predominará. Pero otra cosa es un balance de lo que hemos hecho o dejado de hacer y que nos tiene con este malestar interior. Esa evaluación no se está haciendo.

jueves, 26 de agosto de 2010

domingo, 22 de agosto de 2010

Mina San Jose y tutela laboral - 22.08.2010

Existen -brevemente- varias cosas en este aspecto para decir:
1.- La Inspección del Trabajo y cualquier organización sindical minera tienen interés legitimo para demandar una accion de tutela laboral por "derecho a la vida e integridad física y síquica" de los trabajadores.
2- El objeto principal de esta acción debería ser una indemnización por daño moral a cada uno de los trabajadores atrapados en la mina, consecuencia expresamente prevista por las normas de tutela laboral. Y asimismo la modificación total del sistema de trabajo de esa y otras minas de la misma empresa en términos de higiene y seguridad. Todo esto es posible dentro de la acción de tutela laboral.
Sin perjuicio, obviamente, de la acción penal que ya esta en curso por el delito de lesiones culposas, a la que sinceramente no le tengo ninguna fe. El Derecho Penal chileno no esta en condiciones de responder ante el desafio de los accidentes del trabajo.