Para hacerme lugar en su parnaso
Para darme un rinconcito en sus altares
Me vienen a convidar a arrepentirme
Me viene a convidar a que no pierda
Me vienen a convidar a indefinirme
Me viene a convidar a tanta mierda
sábado, 13 de febrero de 2010
Ante tanto converso de última hora..El necio de SR
domingo, 31 de enero de 2010
"Los trabajadores y la noche" Columna La Nación Domingo- 30.01.2010
No es fácil explicar por qué un numero importante de trabajadores asalariados en Chile –la inmensa mayoría de los cuales gana menos de 300 mil pesos y no tiene ni sindicatos ni negociación colectiva que los represente- terminaron votando por Piñera.El poder hegemónico de los medios y su exaltación a la riqueza y el emprendimiento, la nula capacidad de los sectores progresistas para contrarrestar ese discurso y el abandono total en que la Concertación -y en especial el gobierno de Bachelet- dejó a las organizaciones sindicales y a la negociación colectiva estarán, seguramente, dentro de las explicaciones.
Pero lo importante -una vez ya llegada la fría noche- es saber que ocurrirá en el futuro con los derechos de los sectores más débiles de la sociedad. Y, en verdad, no es muy difícil determinarlo. No es necesario, en rigor, ser adivino ni mucho menos.
Si el gobierno de derecha es lo razonablemente torpe como lo suelen ser sus concepciones básicas -todos somos seres egoístas y competitivos- entonces el derrotero de su accionar es bastante previsible.
Por una parte, la defensa a ultranza del plan laboral que nos dejo Pinochet y el hermanísimo del Presidente. Nadie tocará el tinglado de normas legales que, contraviniendo todos los tratados internacionales suscritos por Chile en la materia (Convenios 87 y 98 de la OIT), han permitido a los empresarios chilenos obtener sustanciosas ganancias sin nadie que los moleste.
No lo hizo la Concertación, menos lo hará la derecha.
Y por otro lado, el intento de lanzar una ofensiva de un nuevo plan laboral pro empresarial. Será la flexibilidad laboral recargada el discurso dominante en nuestros nuevos gobernantes. Eliminación o rebaja de la indemnización por años de servicios, flexibilidad horaria a favor de las empresas, rebaja o eliminación del salario mínimo, intervención de la Inspección del Trabajo (“demasiado grande”) forman parte del vademecum del neoliberal criollo que ahora accederá al poder.
Nada muy novedoso en todo caso. “Servidores de pasado en copas nuevas”, como diría con su delicada poesía el en estos días resucitado Silvio Rodríguez. Aunque en nuestro caso un poco peor. No son ni siquiera copas nuevas.
Pero no todo es tan predecible. Muy interesante será eso sí lo que haga la Concertación. Esa Concertación que dice ser la representante de los sectores débiles de nuestra sociedad y que dice monopolizar el sentir progresista en nuestro horizonte político. Ahora, paradojas de la democracia, tiene la llave parlamentaria para defender algo de lo ganado en estos años.
Pero, si al final del día los sectores conservadores de esa coalición toman el poder -como se tomaron el Ministerio de Hacienda en todos estos años- y construyen el discurso de la oposición -tal como ya lo hicieron con sus gobiernos- entonces que Dios nos pille confesados.
Bajo la engañosa retórica de la “política de los acuerdos”, los trabajadores chilenos quedaran total e irremediablemente en manos, como nunca antes en la historia de la democracia, de los neoliberales y sus ideas. Neoliberales de derecha, algunos (en el gobierno). Neoliberales de izquierda -en la oposición-, otros.
Y ahí, la noche será, como nunca, oscura.
martes, 26 de enero de 2010
Las oligarquías. Neruda y el canto general.

No, aún no secaban las banderas,
aún no dormían los soldados cuando la libertad cambió de traje,
se transformó en hacienda:de las tierras recién sembradas salió una casta,
una cuadrillade nuevos ricos con escudo,con policía y con prisiones.
Hicieron una línea negra:
“Aquí nosotros, porfiristas,de México,
‘caballeros’de Chile, pitucos del Jockey Club de Buenos Aires,
engomados filibusteros del Uruguay, pisaverdes ecuatorianos,
clericales señoritos de todas partes”.
“Allá vosotros, rotos, cholos,pelados de México,
gauchos,amontonados en pocilgas,
desamparados, andrajosos,piojentos, pililos,
canalla,desbaratados, miserables,sucios, perezosos, pueblo”.
Todo se edificó sobre la línea.
El Arzobispo bautizó ese muroy estableció anatemas incendiarios
sobre el rebelde que desconociera la pared de la casta.
Quemaron por la mano del verdugolos libros de Bilbao.
El policía custodió la muralla,
y al hambriento que se acercó a los mármoles sagrados le dieron con un palo en la cabezao
lo enchufaron en un cepo agrícolao a puntapiés lo nombraron soldado.
Se sintieron tranquilos y seguros.
El pueblo fue por calles y campiñasa vivir hacinado,
sin ventanas,sin suelo, sin camisa,sin escuela, sin pan.
Anda por nuestra América un fantasmanutrido de detritus, iletrado,errante,
igual en nuestras latitudes,saliendo de las cárceles fangosas,arrabalero y prófugo,
marcadopor el temible compatriota llenode trajes, órdenes y corbatines.
En México produjeron pulque para él,
en Chile vino litriado de color violeta,lo envenenaron,
le rasparonel alma pedacito a pedacito,
le negaron el libro y la luz,hasta que fue cayendo en polvo,
hundido en el desván tuberculoso,
y entonces no tuvo entierro litúrgico:
su ceremonia fue meterlo desnudo entre otras carroñas
que no tiene nombre.
lunes, 25 de enero de 2010
Tutela laboral de derechos fundamentales y carga de la prueba- Revista Derecho Universidad Catolica de Valparaíso- N 33- Diciembre 2009
La nueva justicia laboral implementada por la ley Nº 20.087 contempla la denominada acción de tutela laboral cuya finalidad central es la protección de los derechos fundamentales del trabajador de naturaleza no laboral, tales como la intimidad, la libertad de expresión o la honra. En las reglas previstas para dicha acción se contempla, por primera vez en Chile, una especial regla legal que alivia el esfuerzo probatorio de la víctima -el trabajador- de la conducta lesiva del empleador. Dicha regla legal altera, como se explica en este artículo, la carga material de la prueba, esto es, quien debe soportar el costo del hecho que no ha quedado suficientemente acreditado en el proceso.
Palabras clave: Tutela laboral - Derechos fundamentales del trabajador - Prueba de indicios - Carga material de la prueba - Despido pluricausal. Ver en : www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-68512009000200005&lng=es&nrm=iso
Palabras clave: Tutela laboral - Derechos fundamentales del trabajador - Prueba de indicios - Carga material de la prueba - Despido pluricausal. Ver en : www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-68512009000200005&lng=es&nrm=iso
sábado, 23 de enero de 2010
Sin palabras

Mientras pasaba el día junto a su familia en la plata los Lilenes de Concón, María José Mancilla Vigneaux se encontró con una escena que no dejó de sorprenderle: una asesora del hogar se mantenía de pie sosteniendo la sombrilla sobre la que -al parecer- era su patrona, mientras ella descansaba en una reposera.
Luego la mujer fue a bañarse a la playa, con lo que la nana tuvo unos minutos de descanso, para retomar la misma función momentos después, hasta que el viento le hizo imposible seguir sosteniendo la sombrilla, por lo que ambas se retiraron.
¿Resabios de tiempos pasados? ¿Malas condiciones laborales?…
Luego la mujer fue a bañarse a la playa, con lo que la nana tuvo unos minutos de descanso, para retomar la misma función momentos después, hasta que el viento le hizo imposible seguir sosteniendo la sombrilla, por lo que ambas se retiraron.
¿Resabios de tiempos pasados? ¿Malas condiciones laborales?…
martes, 19 de enero de 2010
Un rayo de luz en dìas oscuros- Fallo de la Sala Laboral de la Suprema sobre prueba indiciaria y discriminación- 14.01.2010
"En consecuencia, no hay razón legal que permita dejar de aplicar la norma del artículo 493, cuando se trata del procedimiento de tutela laboral por causa de despido discriminatorio, tanto más si se considera que las motivaciones de esta clase de despido violentan sin duda derechos fundamentales que la ley ha procurado tutelar, desde que atentan contra la igualdad de oportunidades frente al empleo.
Undécimo: Que, sobre la base de las precisiones que anteceden, tratándose de un juicio en que se reclama de un despido discriminatorio o dispuesto en contravención de derechos fundamentales, resultaba plenamente procedente aplicar la prueba indiciaria prevista en el artículo 493 del Código del Trabajo, como ocurrió en el caso en estudio".
Undécimo: Que, sobre la base de las precisiones que anteceden, tratándose de un juicio en que se reclama de un despido discriminatorio o dispuesto en contravención de derechos fundamentales, resultaba plenamente procedente aplicar la prueba indiciaria prevista en el artículo 493 del Código del Trabajo, como ocurrió en el caso en estudio".
Voto de minoria -¿adivinen de quíen?
domingo, 17 de enero de 2010
domingo, 3 de enero de 2010
Policias, delincuencia, pobreza y sindicalización- Opinión de un supremo -Zaffaroni- La Nación Argentina 03.01.2010
¿En general, son los más pobres los que están presos?.
-Sí, pero además de ser pobres se parecen en algo: son morochitos. Hay gente a la que le piden documentos en cada esquina y hay gente a la que no se los piden nunca. Eso es portación de cara. El riesgo de ser víctima no es parejo en la sociedad. Yo tengo menos riesgo de ser víctima que el que vive en una villa. A medida que uno va bajando en la escala social hay más gente partidaria de la pena de muerte: no es un problema ideológico, está en relación directa con ser víctima. El sistema penal es selectivo en la criminalización, selectivo en la victimización, y selectivo en la "policización".
-¿Qué es eso que llama "policización"?
De los mismos sectores sociales se seleccionan los tres: la víctima, el delincuente y el policía. Ese es el grave problema.
-¿Qué se puede hacer con la policía?
La policía tiene un entrenamiento totalmente precario. La gente va a la policía porque es una fuente de trabajo, porque tiene obra social; no va por una vocación. Se lo coloca dentro de un orden militarizado. Nadie sabe por qué. Porque la policía es un servicio civil. Tiene que haber jerarquías, como en los hospitales, pero no por eso militarizamos los hospitales. Y como está militarizada, no puede sindicalizarse. Como no puede sindicalizarse, no pueden hacer peticiones colectivas, y como no pueden hacer peticiones colectivas no pueden discutir horizontalmente las condiciones de trabajo. ¿Cómo se forma conciencia profesional sin discutir las condiciones de trabajo?
¿A ver: entonces el primer paso es la sindicalización de la policía?
-Sí, absolutamente. Pero hay más: segundo, se somete a la policía a un orden totalmente arbitrario; tercero, a veces reciben instrucciones que son suicidas. La policía tiene que intervenir en todo hecho delictivo que presencie; una locura: intervenir si puede. Piense en un hombre escasamente preparado al que ponen en la calle, donde el tipo tiene miedo, sometido a un sistema vertical donde nadie lo defiende: no son condiciones para que una persona provea seguridad en la vía pública.
-Sí, pero además de ser pobres se parecen en algo: son morochitos. Hay gente a la que le piden documentos en cada esquina y hay gente a la que no se los piden nunca. Eso es portación de cara. El riesgo de ser víctima no es parejo en la sociedad. Yo tengo menos riesgo de ser víctima que el que vive en una villa. A medida que uno va bajando en la escala social hay más gente partidaria de la pena de muerte: no es un problema ideológico, está en relación directa con ser víctima. El sistema penal es selectivo en la criminalización, selectivo en la victimización, y selectivo en la "policización".
-¿Qué es eso que llama "policización"?
De los mismos sectores sociales se seleccionan los tres: la víctima, el delincuente y el policía. Ese es el grave problema.
-¿Qué se puede hacer con la policía?
La policía tiene un entrenamiento totalmente precario. La gente va a la policía porque es una fuente de trabajo, porque tiene obra social; no va por una vocación. Se lo coloca dentro de un orden militarizado. Nadie sabe por qué. Porque la policía es un servicio civil. Tiene que haber jerarquías, como en los hospitales, pero no por eso militarizamos los hospitales. Y como está militarizada, no puede sindicalizarse. Como no puede sindicalizarse, no pueden hacer peticiones colectivas, y como no pueden hacer peticiones colectivas no pueden discutir horizontalmente las condiciones de trabajo. ¿Cómo se forma conciencia profesional sin discutir las condiciones de trabajo?
¿A ver: entonces el primer paso es la sindicalización de la policía?
-Sí, absolutamente. Pero hay más: segundo, se somete a la policía a un orden totalmente arbitrario; tercero, a veces reciben instrucciones que son suicidas. La policía tiene que intervenir en todo hecho delictivo que presencie; una locura: intervenir si puede. Piense en un hombre escasamente preparado al que ponen en la calle, donde el tipo tiene miedo, sometido a un sistema vertical donde nadie lo defiende: no son condiciones para que una persona provea seguridad en la vía pública.
jueves, 31 de diciembre de 2009
¿Puede un empleador grabar las conversaciones de los trabajadores en su puesto de trabajo? El caso "Buses Ahumada"en la T 11 del JLT San Felipe- Buses

"En suma, este sentenciador estima que la implementación y utilización de sistemas de control audiovisual, en lo que dice relación con el dispositivo de audio, afecta directamente el libre ejercicio de los derechos fundamentales por parte de los trabajadores de la empresa Buses Ahumada Limitada, en este caso en particular, la utilización de dicho mecanismo tecnológico lesiona el derecho fundamental de respeto y protección a la vida privada del trabajador, consagrado en el artículo 19 N° 4 de la Constitución Política de la República, que ha de suponer, para el trabajador, tanto el reconocimiento de un ámbito propio y excluido a la intromisión o invasiones no queridas, lo que no ocurre en el caso sub-lite, pues implica un sacrifico del derecho a la vida privada de los trabajadores que no es razonable o proporcional a los fines reales perseguidos; en otras palabras, la denunciada, con el ejercicio de las facultades que la ley le reconoce limita el pleno ejercicio del aludido derecho fundamental, sin justificación suficiente, en forma desproporcionada".
Interrogatorios por personal de seguridad a trabajadores de supermercados- Notable fallo de Tutela Laboral 33-2009 de Santiago
"Luego la conducta desplegada por la sociedad demandada, se puede resumir en empleo de un procedimiento investigativo de carácter discrecional, no consensuado, coactivo, irregular, desarrollado por terceros no legitimados ni legal, ni moral, ni contractualmente para ello y cuya posición en la organización orgánica es ajena al ámbito de trabajo de la afectada; que se vale de destrezas y competencias propias de interrogatorios con apremios ilegítimos a testigos, principalmente presión psicológica proscritos por el orden democrático; que recurre a la repetición agobiante de preguntas, a la innecesaria mención a que nada le pasaría que no tuviese miedo y a la insinuación amenazante encubierto con un velo inofensivo de preguntas relativas a sus hijos y a la necesidad de que ella esté a su lado, ejerciendo una violencia psicológica inusitada sobre la entrevistada, a través del manejo de la angustia y la aflicción, lo que sumado al posterior descrédito que se generó respecto de ella, al haber sido expuesta frente a la generalidad como eventual responsable de un robo, imputación que incluso termino con su despido y que en el intertanto le significó el desprecio de sus compañeros de trabajo; que nadie; respecto de esta se puede afirmar que ninguna persona que no sea imputada formalmente ante el organismo competente, constitucionalmente establecido, puede ser expuesta al trato degradante, abusivo y lesivo que fue expuesto la actora.
En efecto, nadie puede arrogarse la pretensión de autoridad para comportarse como tal y, en ese contexto, está prohibido para todos, incluido el empleador, la utilización de técnicas invasivas de investigación, dentro de las cuales debe entenderse, necesariamente, los interrogatorios bajo presión psicológica. Luego también debe desecharse toda posibilidad de efectuar imputaciones irregulares no fundadas en procedimientos serios, regulares, consentidos y generalizados dentro del ámbito laboral, de manera que los compañeros de trabajo de los afectados sepan que el contexto de lo que está ocurriendo responde a una práctica consentida por ellos, habitual, a la que todos pueden ser llamados y no sea por el contrario un verdadero destruye imagen, siendo expuesto al escarnio público y la crítica injusta y desmesurada de los carentes de información.
En ambas vertientes, la dignidad de la persona, entendida como lo recoge nuestra comunidad actual, como una esfera de autodeterminación y autonomía que debe ser protegida, porque a ninguno de nosotros le gustaría que se nos invada y que de apreciar una leve posibilidad de ello, se ve alterada nuestra paz social y concretamente nuestro diario vivir, eso es lo que le ocurrió a la demandante, un día sin aviso, llegó una persona desconocida para ella, respecto de la cual sólo podía generar temores y desconfianzas, la cual se vio con la libertad de comportarse como una verdadera autoridad, sin limitaciones, puso en duda la honradez de la misma y lo más grave utilizó frente a ella técnicas de interrogación lesivas para cualquiera".
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Ver fallo completo en blog de Cesar Toledo
domingo, 6 de diciembre de 2009
La dictadura del empresario- reportaje la Nación Domingo 06.12.09

Jonathan Bustamante comenzó a trabajar en octubre del año pasado en el local Sodimac de San Felipe. Su contrato lo había firmado con la empresa Best Select Chile para desempeñarse como vendedor de pinturas. Está casado, tiene dos hijas y vive con sus padres y su hermana. Por ese trabajo ganaba un sueldo bruto que promediaba los 300 mil pesos.
En abril de este año, el gerente de la sucursal, Gabriel Salinas Artuso, comenzó a hostigarlo en forma persistente porque su peinado no estaba acorde con la imagen de la empresa y, personalmente, no le gustaba su aspecto. Salinas quería que Jonathan se cortara el pelo y aunque en un principio se negó, a la larga lo hizo. Pese a eso, las hostilidades continuaron, incluso frente a los clientes. Esta vez el reclamo era que usaba mucho gel.
“Su peinado era desordenado y no estaba acorde con el reglamento interno de la empresa, ya que se echaba gel en la cabeza, se agitaba el pelo y así se quedaba”, relató uno de sus compañeros ante la justicia.
En una oportunidad, Salinas sacó a Jonathan y a otro vendedor fuera de la tienda y con tono prepotente les dijo que “parecía que habían metido la cabeza a la piscina”. Según sus declaraciones, Jonathan se sentía denigrado por la persecución, los insultos y las burlas por la forma como se peinaba. Sentía angustia al levantarse para ir a trabajar y a veces se escondía cuando veía al gerente acercarse. El 13 de mayo, Salinas ordenó al vendedor que saliera de su puesto y les pidió a los guardias que no lo dejaran entrar a la tienda. Dos días después, Best Select lo despidió por necesidades de la empresa.
Durante el juicio, uno de sus compañeros declaró que cuando comenzaron a trabajar no les entregaron el reglamento interno. Sobre el aspecto físico, el documento establecía que los hombres debían tener el pelo corto y en caso de que fuera largo, debía ir tomado, además de ir afeitado o tener una barba que sea como candado o bien recortada. “No hay ninguna prohibición de usar gel”, aseguró. A raíz de esa discriminación por su aspecto físico, Jonathan inició una acción de tutela ante la justicia laboral porque se estaban vulnerando sus derechos fundamentales.
El caso de Jonathan no es aislado. Muchas empresas tienen reglamentos internos y códigos de ética que restringen sin tapujos los derechos de las personas que están consagrados en la Constitución. Algunas llegan al extremo de regular la vida privada de sus trabajadores. El Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales -en su Informe Anual Sobre Derechos Humanos, publicado el lunes- examinó varios de estos reglamentos y las conclusiones a las que llegó son preocupantes.
Prohibido pololear
En el “Código de Ética Corporativo” del Banco Itaú se exige “la moderación de los colaboradores en la eventual ingestión de bebidas alcohólicas y en la práctica de juegos de azar, con el fin de prevenir situaciones desagradables, como faltar al trabajo o las críticas de sus colegas”.
En Farmacias Ahumada, compañía que hace unos meses reconoció ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia que se coludió en la fijación de precios con Cruz Verde y SalcoBrand, pide al trabajador muestras de tener “buena conducta y honorabilidad”. Además, su reglamento interno establece que la firma se reserva el derecho a poner término al contrato en caso de que “dos trabajadores contraigan matrimonio”, dando la posibilidad de que ellos mismos elijan quién de los dos permanece. En Paris se establece una norma similar: si dos empleados se casan entre sí, deben informarlo inmediatamente a la empresa, la que decidirá su permanencia.
Según el estudio de la UDP, las normas más comunes que restringen la vida privada de los trabajadores son las que se entrometen en su apariencia física. Abundan reglas que buscan uniformar estéticamente a sus empleados como si tratara del ejército o un colegio. En Farmacias Ahumada, a los hombres se les prohíbe el uso de accesorios. Los empleados de Ópticas GMO no pueden usar más de un anillo en cada mano, joyas demasiado llamativas ni tampoco aros en otra parte del cuerpo que no sea la oreja. Y en la Corporación Municipal de Peñalolén se exige a los hombres estar afeitados y sin ningún tipo de piercing, mientras que las mujeres sólo pueden ir con un “maquillaje suave” sin piercing ni aros de colgantes.
En la corporación explican que en estas normas “no hay espíritu de discriminación. Contamos con 1.600 trabajadores que se desempeñan en escuelas y consultorios de la comuna y, en ese contexto, la corporación es responsable de establecer normas de convivencia, orden, higiene y seguridad tanto para su personal médico y docente como para los niños y pacientes que reciben los servicios. El objetivo es garantizar a los funcionarios desempeñar su labor de manera segura y prevenir posibles accidentes”.
Soplonaje y esclavitud
Comunes también son las cláusulas que norman el consumo de drogas y alcohol, incluso fuera del horario de trabajo. En Ripley e Hites son obligatorios los exámenes de control de drogas, y en esta última, si un empleado se niega a realizárselos, la compañía tiene derecho a despedirlo sin derecho a indemnización.
Una de las cláusulas más insólitas respecto a este punto se establece en la empresa Forus, que representa en Chile marcas como Hush Puppies, Rockford, Brooks y Azaleia. Su reglamento interno establece: “El trabajador deberá informar a su jefe directo y éste a su gerente respectivo cuando conozca la venta, consumo (…) de cualquier tipo de drogas, alucinógenos y estupefacientes en que se encuentre involucrado el personal de la empresa, aunque esto ocurra fuera del recinto de ésta”.
¿Es normal que en las empresas se regule la delación entre sus empleados? Consultada sobre esta regla, Forus, controlada por la familia Swett, explicó que mantiene una alianza con la Fundación Esperanza, que se preocupa de la rehabilitación de consumo de drogas y alcohol, en caso de que algún trabajador solicite ayuda. “Forus está en proceso de revisión y modificación de su reglamento interno en sintonía con las modificaciones impuestas por la legislación vigente”, agregó la firma.
La investigación de la UDP asegura que la regulación de los niveles de endeudamiento de los trabajadores es una de las normas empresariales más comunes relativas a la vida privada. “Nosotros hemos sido muy críticos con eso. Aquí en Ripley condicionan nuestra permanencia por estar o no en Dicom”, cuenta Leandro Cortés, presidente de la Federación de Sindicatos de la multitienda.
En Lider, ahora manejada por la estadounidense Wal Mart, es obligación de los trabajadores no caer en insolvencia o sufrir protestos de cheques, letras o pagarés. En Banco de Chile, ligado al grupo Luksic, las inversiones privadas que hagan sus empleados “no deben ser contrarios a los intereses de la institución, a la ética ni a las buenas costumbres”. Y el Banco Itaú recomienda que sus empleados no se presten plata entre sí.
Los reglamentos internos de la AFP Planvital y de Paris llegan al extremo de prohibir que sus trabajadores realicen cualquier otra actividad lucrativa, ya sea dentro o fuera de la jornada de trabajo. Es decir, les exigen que trabajen exclusivamente para ellos. Consultada acerca de las normas que regulan las actividades que sus empleados realizan fuera de la empresa, Paris señaló que “el reglamento interno de la compañía está en proceso de revisión y modificación en estas materias, con el objeto de ajustarse la legislación vigente”.
Entre las más frecuentes están las cláusulas que restringen la libertad de expresión. En Traveller, Farmacias Ahumada, GMO y Banco de Chile exigen absoluta reserva respecto de todas las actividades de la empresa. Y en Lider incluso se prohíbe a los trabajadores dar entrevistas a medios de comunicación sobre asuntos de la empresa sin la autorización del gerente.
Desde Farmacias Ahumada explican que esa “información tiene el carácter de privilegiada, de interés de mercado y estratégica que no puede difundirse o revelarse a terceros, sin que ello no signifique una trasgresión a las normas que así lo regulan o que afecten los derechos de los propios trabajadores, sus accionistas y administración”. Lider, Banco de Chile y Banco Itaú también fueron consultadas acerca de estas normas, pero no respondieron las preguntas de LND.
El otro ejército
Según José Luis Ugarte, abogado laboralista que encabezó la investigación, una de las principales conclusiones de la investigación es que en Chile existe un ambiente autoritario en las relaciones laborales. “Eso genera un condicionamiento sicológico que puede ser más brutal incluso que decisiones concretas como el despido”, explica.
En el estudio se sostiene que ese contexto es poco amable para el ejercicio de los derechos básicos de las personas, como la intimidad, la no discriminación o la libertad de expresión.
“Que a un trabajador le impidan usar piercing es un problema desde el punto de vista social, porque vulnera su vida privada. Eso muestra poco respeto al pluralismo y uno decide cómo diseña su imagen. Hay una imagen militarizada en muchos de estos reglamentos. Para ellos, el buen trabajador es el que se parece a los milicos. Hay muchos trabajadores que encuentran correcto que les prohíban usar piercing. Nos sale del alma nacional. Y eso de difuminar la barrera entre la empresa y el ámbito privado, es una técnica para controlar mejor a los trabajadores y tener mas poder”, sostiene el abogado.
En Chile existe poca conciencia acerca de la restricción a los derechos fundamentales que realizan estos reglamentos. Hasta ahora, los únicos trabajadores que han impugnado estas normas son los trabajadores de Lider. Así lo han hecho los sindicatos de los locales de Arica, Iquique, Copiapó y San Miguel, que objetaron el reglamento ante la Inspección del Trabajo, causas que han sido acogidas con dispares resultados. Sin embargo, en ninguno de estos locales se han modificado las normas impugnadas.
“Algunas reglas violaban el derecho de libertad de expresión de los trabajadores, como una que les prohíbe dar entrevistas sin autorización de la empresa. ¿Qué empresa necesita estipular todo este tipo de restricciones? ¿Qué buscan con esto? ¿Quieren máquinas que estén todo el día pensando en la empresa?”, cuestiona Juan Vergara, abogado que asesora a los sindicatos de Lider.
La nueva justicia laboral establece una acción de tutela, que los empleados, sindicatos o la Dirección del Trabajo pueden realizar cuando se constate que los derechos fundamentales de un trabajador fueron lesionados. Jonathan Bustamante lo hizo y en octubre de este año la justicia le dio la razón al acoger su demanda. Fue indemnizado con casi tres millones de pesos. //LND
En abril de este año, el gerente de la sucursal, Gabriel Salinas Artuso, comenzó a hostigarlo en forma persistente porque su peinado no estaba acorde con la imagen de la empresa y, personalmente, no le gustaba su aspecto. Salinas quería que Jonathan se cortara el pelo y aunque en un principio se negó, a la larga lo hizo. Pese a eso, las hostilidades continuaron, incluso frente a los clientes. Esta vez el reclamo era que usaba mucho gel.
“Su peinado era desordenado y no estaba acorde con el reglamento interno de la empresa, ya que se echaba gel en la cabeza, se agitaba el pelo y así se quedaba”, relató uno de sus compañeros ante la justicia.
En una oportunidad, Salinas sacó a Jonathan y a otro vendedor fuera de la tienda y con tono prepotente les dijo que “parecía que habían metido la cabeza a la piscina”. Según sus declaraciones, Jonathan se sentía denigrado por la persecución, los insultos y las burlas por la forma como se peinaba. Sentía angustia al levantarse para ir a trabajar y a veces se escondía cuando veía al gerente acercarse. El 13 de mayo, Salinas ordenó al vendedor que saliera de su puesto y les pidió a los guardias que no lo dejaran entrar a la tienda. Dos días después, Best Select lo despidió por necesidades de la empresa.
Durante el juicio, uno de sus compañeros declaró que cuando comenzaron a trabajar no les entregaron el reglamento interno. Sobre el aspecto físico, el documento establecía que los hombres debían tener el pelo corto y en caso de que fuera largo, debía ir tomado, además de ir afeitado o tener una barba que sea como candado o bien recortada. “No hay ninguna prohibición de usar gel”, aseguró. A raíz de esa discriminación por su aspecto físico, Jonathan inició una acción de tutela ante la justicia laboral porque se estaban vulnerando sus derechos fundamentales.
El caso de Jonathan no es aislado. Muchas empresas tienen reglamentos internos y códigos de ética que restringen sin tapujos los derechos de las personas que están consagrados en la Constitución. Algunas llegan al extremo de regular la vida privada de sus trabajadores. El Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales -en su Informe Anual Sobre Derechos Humanos, publicado el lunes- examinó varios de estos reglamentos y las conclusiones a las que llegó son preocupantes.
Prohibido pololear
En el “Código de Ética Corporativo” del Banco Itaú se exige “la moderación de los colaboradores en la eventual ingestión de bebidas alcohólicas y en la práctica de juegos de azar, con el fin de prevenir situaciones desagradables, como faltar al trabajo o las críticas de sus colegas”.
En Farmacias Ahumada, compañía que hace unos meses reconoció ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia que se coludió en la fijación de precios con Cruz Verde y SalcoBrand, pide al trabajador muestras de tener “buena conducta y honorabilidad”. Además, su reglamento interno establece que la firma se reserva el derecho a poner término al contrato en caso de que “dos trabajadores contraigan matrimonio”, dando la posibilidad de que ellos mismos elijan quién de los dos permanece. En Paris se establece una norma similar: si dos empleados se casan entre sí, deben informarlo inmediatamente a la empresa, la que decidirá su permanencia.
Según el estudio de la UDP, las normas más comunes que restringen la vida privada de los trabajadores son las que se entrometen en su apariencia física. Abundan reglas que buscan uniformar estéticamente a sus empleados como si tratara del ejército o un colegio. En Farmacias Ahumada, a los hombres se les prohíbe el uso de accesorios. Los empleados de Ópticas GMO no pueden usar más de un anillo en cada mano, joyas demasiado llamativas ni tampoco aros en otra parte del cuerpo que no sea la oreja. Y en la Corporación Municipal de Peñalolén se exige a los hombres estar afeitados y sin ningún tipo de piercing, mientras que las mujeres sólo pueden ir con un “maquillaje suave” sin piercing ni aros de colgantes.
En la corporación explican que en estas normas “no hay espíritu de discriminación. Contamos con 1.600 trabajadores que se desempeñan en escuelas y consultorios de la comuna y, en ese contexto, la corporación es responsable de establecer normas de convivencia, orden, higiene y seguridad tanto para su personal médico y docente como para los niños y pacientes que reciben los servicios. El objetivo es garantizar a los funcionarios desempeñar su labor de manera segura y prevenir posibles accidentes”.
Soplonaje y esclavitud
Comunes también son las cláusulas que norman el consumo de drogas y alcohol, incluso fuera del horario de trabajo. En Ripley e Hites son obligatorios los exámenes de control de drogas, y en esta última, si un empleado se niega a realizárselos, la compañía tiene derecho a despedirlo sin derecho a indemnización.
Una de las cláusulas más insólitas respecto a este punto se establece en la empresa Forus, que representa en Chile marcas como Hush Puppies, Rockford, Brooks y Azaleia. Su reglamento interno establece: “El trabajador deberá informar a su jefe directo y éste a su gerente respectivo cuando conozca la venta, consumo (…) de cualquier tipo de drogas, alucinógenos y estupefacientes en que se encuentre involucrado el personal de la empresa, aunque esto ocurra fuera del recinto de ésta”.
¿Es normal que en las empresas se regule la delación entre sus empleados? Consultada sobre esta regla, Forus, controlada por la familia Swett, explicó que mantiene una alianza con la Fundación Esperanza, que se preocupa de la rehabilitación de consumo de drogas y alcohol, en caso de que algún trabajador solicite ayuda. “Forus está en proceso de revisión y modificación de su reglamento interno en sintonía con las modificaciones impuestas por la legislación vigente”, agregó la firma.
La investigación de la UDP asegura que la regulación de los niveles de endeudamiento de los trabajadores es una de las normas empresariales más comunes relativas a la vida privada. “Nosotros hemos sido muy críticos con eso. Aquí en Ripley condicionan nuestra permanencia por estar o no en Dicom”, cuenta Leandro Cortés, presidente de la Federación de Sindicatos de la multitienda.
En Lider, ahora manejada por la estadounidense Wal Mart, es obligación de los trabajadores no caer en insolvencia o sufrir protestos de cheques, letras o pagarés. En Banco de Chile, ligado al grupo Luksic, las inversiones privadas que hagan sus empleados “no deben ser contrarios a los intereses de la institución, a la ética ni a las buenas costumbres”. Y el Banco Itaú recomienda que sus empleados no se presten plata entre sí.
Los reglamentos internos de la AFP Planvital y de Paris llegan al extremo de prohibir que sus trabajadores realicen cualquier otra actividad lucrativa, ya sea dentro o fuera de la jornada de trabajo. Es decir, les exigen que trabajen exclusivamente para ellos. Consultada acerca de las normas que regulan las actividades que sus empleados realizan fuera de la empresa, Paris señaló que “el reglamento interno de la compañía está en proceso de revisión y modificación en estas materias, con el objeto de ajustarse la legislación vigente”.
Entre las más frecuentes están las cláusulas que restringen la libertad de expresión. En Traveller, Farmacias Ahumada, GMO y Banco de Chile exigen absoluta reserva respecto de todas las actividades de la empresa. Y en Lider incluso se prohíbe a los trabajadores dar entrevistas a medios de comunicación sobre asuntos de la empresa sin la autorización del gerente.
Desde Farmacias Ahumada explican que esa “información tiene el carácter de privilegiada, de interés de mercado y estratégica que no puede difundirse o revelarse a terceros, sin que ello no signifique una trasgresión a las normas que así lo regulan o que afecten los derechos de los propios trabajadores, sus accionistas y administración”. Lider, Banco de Chile y Banco Itaú también fueron consultadas acerca de estas normas, pero no respondieron las preguntas de LND.
El otro ejército
Según José Luis Ugarte, abogado laboralista que encabezó la investigación, una de las principales conclusiones de la investigación es que en Chile existe un ambiente autoritario en las relaciones laborales. “Eso genera un condicionamiento sicológico que puede ser más brutal incluso que decisiones concretas como el despido”, explica.
En el estudio se sostiene que ese contexto es poco amable para el ejercicio de los derechos básicos de las personas, como la intimidad, la no discriminación o la libertad de expresión.
“Que a un trabajador le impidan usar piercing es un problema desde el punto de vista social, porque vulnera su vida privada. Eso muestra poco respeto al pluralismo y uno decide cómo diseña su imagen. Hay una imagen militarizada en muchos de estos reglamentos. Para ellos, el buen trabajador es el que se parece a los milicos. Hay muchos trabajadores que encuentran correcto que les prohíban usar piercing. Nos sale del alma nacional. Y eso de difuminar la barrera entre la empresa y el ámbito privado, es una técnica para controlar mejor a los trabajadores y tener mas poder”, sostiene el abogado.
En Chile existe poca conciencia acerca de la restricción a los derechos fundamentales que realizan estos reglamentos. Hasta ahora, los únicos trabajadores que han impugnado estas normas son los trabajadores de Lider. Así lo han hecho los sindicatos de los locales de Arica, Iquique, Copiapó y San Miguel, que objetaron el reglamento ante la Inspección del Trabajo, causas que han sido acogidas con dispares resultados. Sin embargo, en ninguno de estos locales se han modificado las normas impugnadas.
“Algunas reglas violaban el derecho de libertad de expresión de los trabajadores, como una que les prohíbe dar entrevistas sin autorización de la empresa. ¿Qué empresa necesita estipular todo este tipo de restricciones? ¿Qué buscan con esto? ¿Quieren máquinas que estén todo el día pensando en la empresa?”, cuestiona Juan Vergara, abogado que asesora a los sindicatos de Lider.
La nueva justicia laboral establece una acción de tutela, que los empleados, sindicatos o la Dirección del Trabajo pueden realizar cuando se constate que los derechos fundamentales de un trabajador fueron lesionados. Jonathan Bustamante lo hizo y en octubre de este año la justicia le dio la razón al acoger su demanda. Fue indemnizado con casi tres millones de pesos. //LND
jueves, 3 de diciembre de 2009
CUT denuncia fallos arbitrarios de la Corte Suprema contra trabajadores- Radio Universidad de Chile- 03.12.2009
Los dirigentes sindicales alegan que la Cuarta Sala del máximo tribunal consecutivamente decreta medidas contrarias a los empleados y aseguran que uno de sus integrantes, Patricio Valdés, es cercano al empresariado. Los sucesivos fallos contrarios a los trabajadores emanados de la Cuarta Sala de la Corte Suprema, llevaron a los dirigentes de la Central Unitaria de Trabajadores a presentar un reclamo ante el máximo tribunal de justicia del país.
Y es que ya pasaron algunos meses desde que la directiva de la central, encabezada por su presidente, Arturo Martínez, se reunió con el presidente de la Corte Suprema, Urbano Marín, para plantearle estas situaciones, pero de igual forma continuaron los fallos adversos a la posición de los empleados y sindicatos.Para Martínez, esta situación no se termina con la entrada en vigencia de la defensoría laboral, sino con que se apliquen las leyes y sancionen las prácticas antisindicales que se registran en el país.
“Los abusos se van a evitar con fiscalización y con grandes multas. Cuando las multas son demasiado pequeñas, las empresas siguen violando los derechos y compran la multa”, sostuvo el dirigente. Dentro de las denuncias presentadas por la CUT ante la Corte Suprema, está el caso de la empresa Pizarreño, donde se rebajaron los salarios en vista del IPC negativo, lo que fue ratificado por el tribunal.
El presidente de la organización sindical afirmó que también hay otras situaciones en donde se falló en contra de dirigentes y que luego esa decisión fue respaldada por el máximo tribunal chileno.“Como LAN Chile, que despidió a cinco dirigentes sindicales que hicieron uso de su permiso sindical porque los tribunales dijeron que habían incurrido en abandono de su trabajo, la Cuarta Sala, donde está el señor Valdés, ese señor no debería estar aquí porque es el representante de los empresarios”, afirmó Martínez. Raúl Valdés Aldunate, ministro de la Corte Suprema y además integrante de su Cuarta Sala Laboral, fue fiscal de Corporación Chilena del Cobre, director durante una década de la Administradora de Fondos de Pensiones Concordia y gerente general de la Sofofa.Ante los fallos, Arturo Martínez adelantó que de no haber una respuesta positiva de la Corte Suprema recurrirán en las próximas semanas ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por denegación de justicia.
domingo, 29 de noviembre de 2009
Guía electoral para el trabajador que le interesa algo su destino- La Nación Domingo 29.11

No está tan claro cuánto importan las elecciones. Para los trabajadores al menos. Ya van cuatro y las reglas del juego siguen siendo básicamente las mismas: las del Plan Laboral de Pinochet. O sea, poco sindicato, poca negociación colectiva y el derecho a huelga ojalá inexistente -de hecho seguimos teniendo uno de los regímenes legales de huelga más restrictivos del mundo occidental-. Y por supuesto mucho poder a los emprendedores, dígase empresarios. Pero qué diablos, se vienen las elecciones y algo habrá que decir de ellas para los trabajadores. Veamos aquí algunas reglas prácticas para el trabajador preocupado de sus derechos en las próximas elecciones presidenciales:
Regla 1, Piñera
Partamos por el caso más fácil. Si usted tiene el síntoma de la “víctima insatisfecha”, esta es su opción. Digamos que si no le basta con el desolador panorama laboral chileno -con el 90 por ciento de trabajadores sin sindicatos y con el 93 por ciento sin negociación colectiva- y en algún sentido cree -cual víctima que desea que la golpeen más fuerte- que a su vida le falta más precariedad laboral, menos derechos, más prácticas antisindicales y algunas gotitas más de explotación, entonces su voto ya tiene nombre. Ahora, la sola posibilidad de que su hermano -José Piñera, el redactor del Plan Laboral de la dictadura de Pinochet- pudiera volver a ser ministro del Trabajo debería horrorizar al más abúlico de los trabajadores votantes.
Regla 2, Frei
Si usted vio la película “Memento” -donde el protagonista sólo recordaba lo que le pasaba hasta unas pocas horas atrás- y se sintió reflejado, entonces su voto podría ir por el candidato concertacionista. Ya se sabe, todo concertacionista genuino tiene algo del síndrome de memoria de corto alcance. Frei tiene, qué duda cabe, la más articulada y más progresista propuesta laboral desde que la Concertación llegó al poder. Su propuesta incluye eliminar el reemplazo en la huelga, aumentar el nivel de la negociación colectiva, incluyendo la negociación de los trabajadores contratistas, ampliar el alcance de los contratos colectivos y una larga lista de etcéteras. Ahora, el problema de los trabajadores con la Concertación es que deberán -igual que el protagonista de “Memento”- pegar pósits por todos lados: “no olvidar: nos prometieron eliminar el reemplazo en la huelga”, “no olvidar: nos prometieron derogar el Plan Laboral”, etc. Quizás podría ser distinto esta vez -nunca se sabe-. Ahora, si todo es igual que las otras cuatro veces anteriores y el ministro de Hacienda de turno termina haciendo primar los intereses empresariales por sobre los derechos de los trabajadores, desde ya le doy la receta postraumática: consuélese quemando sus pósits y recordatorios al calor de un buen trago -podría ser un Flor de Caña- y entone un clásico imperdible junto a Julio Iglesias: “tropecé de nuevo y con la misma piedra...”.
Regla 3, Enríquez-Ominami
Si lo que le va es tomar riesgo, por aquí debería andar su rayita en el voto. Si lo suyo es el sabor adolescente del juego de la ruleta -apostar sin saber exactamente a qué-, entonces Enríquez-Ominami es lo más parecido a su candidato ideal. Porque si hay algo que caracteriza a la propuesta laboral de Enríquez-Ominami es eso: no tener propuesta. Digo, algunas ideas habrá de seguro -un par de frases Twitter- para salir del paso: vamos a dar más empleo, vamos a aumentar la sindicalización y la negociación colectiva, etc. Pero si algo brilla por su ausencia en esta candidatura es algo parecido a un programa de ideas articulado sobre el mundo del trabajo. Y lo que queda ahí es la confianza ciega en la suerte o el acaso: irán a mandar los economistas neoliberales que lo acompañan -un tal Fontaine, que defiende la piedra angular del Plan Laboral de la dictadura, como es el reemplazo en la huelga- o los socialistas de siempre -como Ominami padre- que siempre se han mostrado hostiles a las reglas laborales que nos heredó Pinochet. Ahí, entonces, todo es un misterio. Un misterio buena onda, dirán algunos. Como el candidato.
Regla 4, ArrateEsta es la opción más difícil de analizar. Si viviéramos en el maravilloso mundo de las palabras, ésta debería ser la opción cerrada de cualquier trabajador interesado en cambiar las cosas. El problemas es que los discursos deben enfrentarse al frío mundo de los hechos -la facticidad- como gusta decirse en el mundo académico. Y en ese tránsito de la idea -revolucionaria, potente y sindical- a la frialdad técnica de construir las nuevas reglas del juego, parece irse toda la potencia del cambio. El viaje de la habitación con el póster del “Che” y Lennon a los fríos espacios del poder político suele ser muy duro para esta gente. Le ocurrió al propio Arrate. El candidato de la izquierda no hizo mucho -en rigor nada- por reformar el Plan Laboral de Pinochet en su rol de ministro del Trabajo. Años después, Andrade mostraría, para mal de Arrate y otros ministros del Trabajo con tan poco brillo como él, que se podía ser ministro del Trabajo a tiempo completo y no una mera comparsa del ministro de Hacienda. Y es que los comunistas y sus aliados parecieran tener las mejores de las ideas -“otro mundo es posible”, suelen decir-, el problema es que no parecen tener la más remota idea de cómo lograrlo. Y las pocas veces que lo intentan de verdad, el resultado espanta -léase República Bolivariana-. Y ahí uno termina agradeciendo la inconsecuencia entre las ideas y la práctica.
Regla 5 y final
Nunca olvide eso sí que los grandes cambios laborales no se sustentan en el voto, sino en la presión política de los trabajadores organizados. Nunca olvide que hay buenas razones para pensar que más importante para su propio destino es que se integre en un sindicato, participe en una negociación colectiva o en una huelga, que le dé el voto a un candidato en particular. Nunca olvide el consejo de un antiguo jurista -Ihering- sobre nuestro destino: no merece un derecho quien no lucha por él.
domingo, 15 de noviembre de 2009
Ley de Pesca y trabajadores- La Nación Domingo- 15.11.09
La cosa es sencilla. Un par de diputados de la Concertación han agregado al proyecto de ley de pesca una relevante modificación: la empresa que sea sancionada más de tres veces por prácticas antisindicales verá cancelada su concesión pesquera.
La norma parece dotada de una lógica democrática impecable: si se trata de recursos públicos y naturales del país, la sociedad tiene todo el derecho a exigir que se respete a los ciudadanos que trabajan en ellas cuando en ejercicio del derecho fundamental de la libertad sindical quieran organizarse y negociar colectivamente.
La senadora Matthei ha puesto el grito en el cielo. Eso es completamente explicable en el caso de ella y los suyos. Hablarle de libertad sindical debe sonarle lo más parecido al arameo.
Hasta ahí ninguna novedad. Pero el problema no está ahí, sino en la vereda del frente.
La Concertación, sus parlamentarios y su gobierno seguirán un libreto que los trabajadores conocen de memoria y que se parece al teatro de las máscaras.
La idea es danzar con las máscaras puestas, diciendo que se quiere algo importante para los trabajadores -“ha llegado por fin la hora de los trabajadores”-, para luego obtener un poquitito de la idea original -“un avance es mejor que nada”- mientras la máscara cede. Y al final, ya sin máscara, volver a pedir el voto de los trabajadores -“nada nos detendrá esta vez, ahora sí que sí haremos algo importante”-. Y así sucesivamente.
Se trata de un estilo teatral que la Concertación ha llevado a la perfección artística. El final es el mismo: pierden los de siempre.
¿Es necesario que le diga quién?
Ahora, los actos de la obra son siempre los mismos. Y en el caso de la ley de pesca la obra irá por el siguiente derrotero:
Primer acto. El diputado progresista.
Un progresista de siempre, preferentemente diputado, enarbolará la defensa de los trabajadores, con aire y voz indignados nos dirá algo así como: ya basta con los chupasangre.
Y la sanción para los empresarios antisindicales estará a la altura de la circunstancia: cancelación de la concesión de pesca. Ni más ni menos.
Segundo acto. El o la ministra liviana en calorías políticas.
El o la ministra del Trabajo de turno, que en general tienen menos poder real que este columnista, dirá un par de frases de circunstancia para salir del paso: estamos trabajando en eso, mejoraremos los derechos de los trabajadores salmoneros y sus sindicatos, etc. El “gobierno está con ellos” será la frase para la galería.
Ahora, en este punto, la palabra cancelación de la concesión de pesca habrá salido cuidadosamente del léxico del o de la ministro (a). Ahora las frases serán de condenas contundentes pero etéreas: algo así como “sancionaremos a los empresarios salmoneros antisindicales con todo el rigor de la ley”.
Tercer acto. El que manda de verdad.
Ya nos acercamos al final y ahí aparece el que “pincha y corta”, o sea el ministro de Hacienda. Éste, que sabe que manda, no hace declaraciones ni nada por el estilo. Jamás expondrá su perfil de progresista gringo “buena onda” a las furias y sudores de los pescadores.
El hará todo en silencio junto con sus enviados: la ley de pesca tendrá un par de normas que sancionarán las prácticas antisindicales con multas que, se nos dirán, serán muy severas (algo así como entre 10 y 20 UTM).
En fin, una multita para no molestar a los emprendedores. Y de la cancelación del registro de pesca de la empresa antisindical nunca nadie más se acordará.
Último acto. El lobista feliz.
Al final el profesional del lobby, o sea un ex MAPU hoy convertido al brillo del mercado, estará contento. Habrá hecho su eficiente trabajo y los empresarios del salmón podrán emprender su tarea creadora de riqueza sin molestos sindicatos que exijan algo más que el mínimo.
“Chile avanza”, dirá para sus adentros el lobista feliz. Pensando en la obra que acaba de terminar como siempre.
La norma parece dotada de una lógica democrática impecable: si se trata de recursos públicos y naturales del país, la sociedad tiene todo el derecho a exigir que se respete a los ciudadanos que trabajan en ellas cuando en ejercicio del derecho fundamental de la libertad sindical quieran organizarse y negociar colectivamente.
La senadora Matthei ha puesto el grito en el cielo. Eso es completamente explicable en el caso de ella y los suyos. Hablarle de libertad sindical debe sonarle lo más parecido al arameo.
Hasta ahí ninguna novedad. Pero el problema no está ahí, sino en la vereda del frente.
La Concertación, sus parlamentarios y su gobierno seguirán un libreto que los trabajadores conocen de memoria y que se parece al teatro de las máscaras.
La idea es danzar con las máscaras puestas, diciendo que se quiere algo importante para los trabajadores -“ha llegado por fin la hora de los trabajadores”-, para luego obtener un poquitito de la idea original -“un avance es mejor que nada”- mientras la máscara cede. Y al final, ya sin máscara, volver a pedir el voto de los trabajadores -“nada nos detendrá esta vez, ahora sí que sí haremos algo importante”-. Y así sucesivamente.
Se trata de un estilo teatral que la Concertación ha llevado a la perfección artística. El final es el mismo: pierden los de siempre.
¿Es necesario que le diga quién?
Ahora, los actos de la obra son siempre los mismos. Y en el caso de la ley de pesca la obra irá por el siguiente derrotero:
Primer acto. El diputado progresista.
Un progresista de siempre, preferentemente diputado, enarbolará la defensa de los trabajadores, con aire y voz indignados nos dirá algo así como: ya basta con los chupasangre.
Y la sanción para los empresarios antisindicales estará a la altura de la circunstancia: cancelación de la concesión de pesca. Ni más ni menos.
Segundo acto. El o la ministra liviana en calorías políticas.
El o la ministra del Trabajo de turno, que en general tienen menos poder real que este columnista, dirá un par de frases de circunstancia para salir del paso: estamos trabajando en eso, mejoraremos los derechos de los trabajadores salmoneros y sus sindicatos, etc. El “gobierno está con ellos” será la frase para la galería.
Ahora, en este punto, la palabra cancelación de la concesión de pesca habrá salido cuidadosamente del léxico del o de la ministro (a). Ahora las frases serán de condenas contundentes pero etéreas: algo así como “sancionaremos a los empresarios salmoneros antisindicales con todo el rigor de la ley”.
Tercer acto. El que manda de verdad.
Ya nos acercamos al final y ahí aparece el que “pincha y corta”, o sea el ministro de Hacienda. Éste, que sabe que manda, no hace declaraciones ni nada por el estilo. Jamás expondrá su perfil de progresista gringo “buena onda” a las furias y sudores de los pescadores.
El hará todo en silencio junto con sus enviados: la ley de pesca tendrá un par de normas que sancionarán las prácticas antisindicales con multas que, se nos dirán, serán muy severas (algo así como entre 10 y 20 UTM).
En fin, una multita para no molestar a los emprendedores. Y de la cancelación del registro de pesca de la empresa antisindical nunca nadie más se acordará.
Último acto. El lobista feliz.
Al final el profesional del lobby, o sea un ex MAPU hoy convertido al brillo del mercado, estará contento. Habrá hecho su eficiente trabajo y los empresarios del salmón podrán emprender su tarea creadora de riqueza sin molestos sindicatos que exijan algo más que el mínimo.
“Chile avanza”, dirá para sus adentros el lobista feliz. Pensando en la obra que acaba de terminar como siempre.
lunes, 9 de noviembre de 2009
lunes, 2 de noviembre de 2009
El explotado del mes - Columna La Nación Domingo 1 Noviembre
Si quiere hablar públicamente de la empresa, esta prohibido. Si quiere comunicarse por escrito de asuntos comunes con sus compañeros de trabajo, esta prohibido. Si quiere sacar una foto de su lugar de trabajo, esta prohibido. Si quiere dar a conocer alguna antecedentes de la empresa, incluida las autoridades publicas, esta prohibido.
Si quiere negarse a realizarse un examen medico, está prohibido. Y por si acaso, también esta prohibido tener deudas protestadas y caer en insolvencia.
Parece un reglamento de policía, pero no. Son las normas (artículo 32 numero 51, 50, 15, y artículo 28 inciso 3 respectivamente) del reglamento interno vigente en la empresa de Supermercados Líder de Arica –que sospecho que será el mismo en todo el país- y que la Inspección del Trabajo acaba de considerar ilegales por atentar contra los derechos básicos de los trabajadores. Así la Inspección del Trabajo acaba de decir que “que no se ajusta a derecho, toda vez que la decisión del empleador de transformarse en una suerte de censor de las comunicaciones de sus trabajadores, se encuentra terminantemente prohibido por el constituyente, constituyendo así la libertad de expresión de los trabajadores a quienes se aplica el Reglamento impugnado, un límite infranqueable para las facultades que el ordenamiento jurídico le reconoce al empleador” (Ordinario 3416 del 28.08.09).
Y eso no es todo. Ni siquiera se puede hablar de “trabajadores”, según la denuncia del Sindicato, ya que en Líder se habla de “colaboradores” (artículo 34 letra c.),
Tiene menos aire de marxista, usted me entiende no.
El problema es que podría parecer otro desatino más de una empresa a la que rodea un escaso prestigio laboral (es la misma de las cientos de razones sociales y que acaba de ser multada por numerosas prácticas antisindicales) y donde los trabajadores han vivido las mil y una para poder organizarse.
Pero resulta que no se trata de un hecho aislado para nuestros trabajadores. Es común en empresas en Chile se atribuyan facultades que exceden con mucho el marco del contrato de trabajo infringiendo los derechos fundamentales de esos trabajadores.
Así de una rápida ojeada a esos reglamentos –que por ley deben existir en todas las empresas en Chile y de los que dará cuenta el informe de derechos humanos de la Universidad Diego Portales del 2009- se traza un modelo de trabajador que parece más salido del lápiz de un ex-cni que de un empresario moderno preocupado de la responsabilidad social.
Ese “trabajador del mes” debe ser calladito (“el trabajador se obliga a mantener en absoluta reserva y secreto respecto de terceros toda la información que tenga relación con la actividad de la Empresa”) - ojala apocado- (“el trabajador observará una conducta silenciosa en la empresa”). Debe ser solvente aunque le paguen el mínimo (“esta prohibido al trabajador caer en insolvencia financiera, o sufrir protestos de documentos mercantiles, como cheques, letras, pagarés”).
Debe ser un buen súbdito (“esta prohibido en la empresa gritar, formas corrillos o discutir en voz alta”) y un delator ejemplar (“el trabajador deberá informar a su jefe directo y este a su gerente respectivo, cuando conozca la venta, consumo de cualquier drogas, alucinógenos, estupefacientes, etc. en que se encuentre involucrado personal de la empresa aunque esto ocurra fuera del recinto de esta”).
Debe ser bien hombrecito –estilo militar- (“los trabajadores deben estar afeitados” y sin ningún tipo de piercing” “pelo corto y ordenado”). Debe ser asexuado con sus compañeras (“la empresa se reserva el derecho a poner término al contrato de trabajo en caso de que dos trabajadores contraigan matrimonio”).
Y por si fuera poco debe ser un buen cristiano (“el trabajador tendrá una vida privada intachable” “el trabajador
En fin, debe ser un cero a la izquierda. Perdón, a la derecha. Ya se sabe que el explotado de izquierda a veces se organiza. El de derechas jamás. Incluso esta agradecido de ser un explotado. Mande patroncito, suele decir.
En todo caso, quizás nos quede una enseñanza de tanto despropósito empresarial para los lectores. Si mañana le ofrecen un trabajo donde le llamaran “colaborador” piénseselo dos veces. Es probable que lo que busquen sea un explotado. Del día, del mes o del año, eso es lo de menos.
Si quiere negarse a realizarse un examen medico, está prohibido. Y por si acaso, también esta prohibido tener deudas protestadas y caer en insolvencia.
Parece un reglamento de policía, pero no. Son las normas (artículo 32 numero 51, 50, 15, y artículo 28 inciso 3 respectivamente) del reglamento interno vigente en la empresa de Supermercados Líder de Arica –que sospecho que será el mismo en todo el país- y que la Inspección del Trabajo acaba de considerar ilegales por atentar contra los derechos básicos de los trabajadores. Así la Inspección del Trabajo acaba de decir que “que no se ajusta a derecho, toda vez que la decisión del empleador de transformarse en una suerte de censor de las comunicaciones de sus trabajadores, se encuentra terminantemente prohibido por el constituyente, constituyendo así la libertad de expresión de los trabajadores a quienes se aplica el Reglamento impugnado, un límite infranqueable para las facultades que el ordenamiento jurídico le reconoce al empleador” (Ordinario 3416 del 28.08.09).
Y eso no es todo. Ni siquiera se puede hablar de “trabajadores”, según la denuncia del Sindicato, ya que en Líder se habla de “colaboradores” (artículo 34 letra c.),
Tiene menos aire de marxista, usted me entiende no.
El problema es que podría parecer otro desatino más de una empresa a la que rodea un escaso prestigio laboral (es la misma de las cientos de razones sociales y que acaba de ser multada por numerosas prácticas antisindicales) y donde los trabajadores han vivido las mil y una para poder organizarse.
Pero resulta que no se trata de un hecho aislado para nuestros trabajadores. Es común en empresas en Chile se atribuyan facultades que exceden con mucho el marco del contrato de trabajo infringiendo los derechos fundamentales de esos trabajadores.
Así de una rápida ojeada a esos reglamentos –que por ley deben existir en todas las empresas en Chile y de los que dará cuenta el informe de derechos humanos de la Universidad Diego Portales del 2009- se traza un modelo de trabajador que parece más salido del lápiz de un ex-cni que de un empresario moderno preocupado de la responsabilidad social.
Ese “trabajador del mes” debe ser calladito (“el trabajador se obliga a mantener en absoluta reserva y secreto respecto de terceros toda la información que tenga relación con la actividad de la Empresa”) - ojala apocado- (“el trabajador observará una conducta silenciosa en la empresa”). Debe ser solvente aunque le paguen el mínimo (“esta prohibido al trabajador caer en insolvencia financiera, o sufrir protestos de documentos mercantiles, como cheques, letras, pagarés”).
Debe ser un buen súbdito (“esta prohibido en la empresa gritar, formas corrillos o discutir en voz alta”) y un delator ejemplar (“el trabajador deberá informar a su jefe directo y este a su gerente respectivo, cuando conozca la venta, consumo de cualquier drogas, alucinógenos, estupefacientes, etc. en que se encuentre involucrado personal de la empresa aunque esto ocurra fuera del recinto de esta”).
Debe ser bien hombrecito –estilo militar- (“los trabajadores deben estar afeitados” y sin ningún tipo de piercing” “pelo corto y ordenado”). Debe ser asexuado con sus compañeras (“la empresa se reserva el derecho a poner término al contrato de trabajo en caso de que dos trabajadores contraigan matrimonio”).
Y por si fuera poco debe ser un buen cristiano (“el trabajador tendrá una vida privada intachable” “el trabajador
En fin, debe ser un cero a la izquierda. Perdón, a la derecha. Ya se sabe que el explotado de izquierda a veces se organiza. El de derechas jamás. Incluso esta agradecido de ser un explotado. Mande patroncito, suele decir.
En todo caso, quizás nos quede una enseñanza de tanto despropósito empresarial para los lectores. Si mañana le ofrecen un trabajo donde le llamaran “colaborador” piénseselo dos veces. Es probable que lo que busquen sea un explotado. Del día, del mes o del año, eso es lo de menos.
martes, 27 de octubre de 2009
"La democracia, los jueces y los debiles"en No hay derecho de la Asociacion Regional Metropolitana de Magistrados

La democracia supone algo más que votar. Como se ha dicho ella no es sólo un modo de “contar cabezas”, sino la posibilidad de que todos podamos en algún sentido participar de las decisiones que nos afectan.
La posibilidad de que todos potencialmente podamos participar inclusivamente de los debates de lo público y hacer que nuestra voz sea escuchada no sólo es un problema del sistema político, sino también del derecho.
En efecto, el derecho hace promesas muy valiosas para la democracia, como es la libertad y igualdad para todos, con especial consideración para los débiles. Basta leer los primeros artículos de nuestra propia Constitución.
Pero a pesar de tan notable promesa, el derecho suele, al momento de hacerlas efectivas, olvidarlas. En sociedades como las chilenas, altamente desiguales política y económicamente, el derecho suele quedar capturado por las elites y pequeños grupos de poder que lo alejan de intentar cumplir su promesa de igualdad y libertad para todos.
Recursos de protección, acciones de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, acciones de nulidad pública, son al final del día mecanismos que quedan al servicio preferente –sino casi exclusivamente- de los intereses de esas elites.
No hay espacio ahí –seamos sinceros- para el ciudadano de calle. Para él el derecho es un entramado institucional que no entiende y que alejado de las personas mas débiles de la sociedad, corresponde a un escenario donde lleva las de perder.
Pero además, la posibilidad de que ese ciudadano sea escuchado por en el debate democrático fuera del derecho es mínima. Las democracias representativas, salvo al momento de votar -y si es qué-, no escuchan directamente al ciudadano. Sólo se escucha significativamente algunas voces, las más potentes y articuladas, que tienen acceso preferente a los medios de comunicación social y que suelen ser, como es obvio, las de las mismas elites y grupos minoritarios ya señalados.
Queda así construido un difícil cuadro para la democracia: ¿como escuchar en ese dialogo público igualitario en que ella consiste a aquellos que no tienen acceso relevante al derecho y sus complejos mecanismos, y que cuya voz para más remate tampoco es audible para los medios de comunicación social?
En otras palabras: como lo hace el ciudadano de calle –ese que sube y baja del transantiago todos los días, que tiene largas jornadas de trabajo y que conforma esa inmensa mayoría de los chilenos- para hacer oír su voz en medio del bullicioso registro de poquísimas voces que todo lo dicen, que todo lo saben y que nada están dispuestos a ceder.
Difícil, por no imposible. A veces, el derecho se acuerda de su promesa original y decide, precisamente, por la situación exclusión en la que se encuentran abrir los caminos para que se hagan escuchar aquellos que la tan tienen difícil.
Y ahí surge un pregunta central: ¿que rol deben jugar los jueces para potenciar eso que se llama el “ideal deliberativo” de la democracia, esto es, para ampliar la voz de aquellos que el sistema jurídico y político suele no estar preparado para escuchar?
Uno de los mecanismos para lograr ese ideal deliberativo es la huelga. Se trata de un derecho de conflicto que, como dirá Arendt, sirva para conseguir otros derechos.
Y los jueces chilenos deberían ser especialmente sensibles con la huelga y darle el trato de un derecho fundamental que se merece. Lo digo, porque si hay un colectivo que no tiene voz – a pesar del poder que institucionalmente tienen reservado- son los jueces. Y nadie mejor que los jueces en Chile para comprobar como necesitan los “sin voz” al derecho de huelga –aunque su nombre sea, si mal no lo recuerdo, el algunos casos el de jornada de reflexión-.
Si la legislación que lo regula – el plan laboral de fines de los setenta- lo hace impracticable, y lo convierte en un verdadero lujo asiático reservado para poquísimos trabajares, excluyendo a los trabajadores públicos, y a todos aquellos que no estén dentro de la negociación colectiva reglada por el Código del Trabajo, entonces los jueces deberían hacer todo lo posible para que su aplicación dañe lo menos posible la voz de los mas débiles.
Se trata del régimen legal más restrictivo del mundo de un derecho fundamental, que en palabras de los tratados internacionales, es esencial para escuchar a los que no pueden hablar, como los millones de trabajadores asalariados en Chile que dependen de su trabajo para vivir.
Por eso, es especialmente difícil entender algunos fallos que lejos de maximizar la protección a la huelga, como lo exige el derecho internacional, hacen todo lo contrario: lo estrangulan. Preguntada como se debe entender el reemplazo legal de trabajadores en la huelga, los últimos fallos de la cuarta sala de la Corte Suprema han dicho que se debe entender en sentido amplio (contratación de personal externo y sustitución interna), olvidándose de que se trata de una institución que lesiona gravemente la libertad sindical.
Pero no todo es gris. Junto con fallos como estos, el derecho chileno, de vez en cuando, da luces de hacia donde deberían ir las cosas. Al lado de la huelga, como contrapartida esencial se encuentra la libertad de expresión. Y ahí todos los jueces, pero especialmente los laborales, tienen mucho que decir.
¿Que tiene que ver la libertad de expresión con los jueces del trabajo?
El ya famoso juicio de tutela laboral tiene la respuesta. Les encarga a los jueces del trabajo el cuidado de tan preciado bien para los trabajadores.
Y así en un notable fallo, pendiente de nulidad, el Juzgado del Trabajo de Valparaíso hace una declaración que nos llena de esperanza: filmar y registrara a los trabajadores por parte del empleador –el diario más antiguo de Chile- que han decidido participar de una marcha política violenta la libertad de expresión y la democracia.
Para no ahondar más en palabras: se trata del fallo más potente dictado en Chile en materia de libertad de expresión y no sólo en lo que se refiere a los trabajadores.
Y en buena hora que sea en la justicia laboral porque si hay un lugar donde se necesita que el derecho cumpla su promesa democrática – de libertad e igualdad para todos- es en el trabajo.
Y lo repito: nadie mejor en Chile que los jueces para saberlo.
jueves, 15 de octubre de 2009
Garantia de indemnidad protege a testigo en juicio laboral- Interesante fallo del Tribunal del Trabajo de la Serena- RIT 13-2009
La citada norma indica textualmente “…En igual sentido se entenderán las represalias ejercidas en contra de trabajadores, en razón o como consecuencia de la labor fiscalizadora de la Dirección del Trabajo o por el ejercicio de acciones judiciales.”
Cabe señalar que la norma transcrita es lo suficientemente clara en su redacción de manera que, a juicio de esta sentenciadora, no cabe duda alguna de que es además “lo suficientemente amplia” para que se entienda que esta garantía protege no sólo al trabajador que recurre ante la autoridad administrativa o al órgano jurisdiccional en defensa de sus propios derechos, sino también y como en el caso de marras, cuando lo hace en calidad de testigo de otro trabajador o en defensa de derechos de otros trabajadores, sea o no representante de ellos.
La norma establece que se sancionan las represalias en contra de trabajadores “por el ejercicio de acciones judiciales”, cuidándose el legislador de señalar que se sancionan aquéllas por el ejercicio por el trabajador de “sus propias” acciones judiciales. De otra forma se desnaturalizaría gravemente la institución.
Ello resulta suficiente para estimar que los hechos denunciados por la actora, de establecerse su efectividad, se encuentran amparados por este procedimiento especial. A mayor abundamiento, resulta razonable lo expuesto por la actora, en cuanto a que debe considerarse el proceso (debe entenderse la referencia hecha al procedimiento) como una serie de actos que se inician con la interposición de la demanda y terminan con la dictación de la sentencia , en actos sucesivos amparados por el artículo 19 N°3 de la Constitución, considerando para ello que el artículo 454 N°4 del Código del Trabajo garantiza a los testigos que su presencia en los tribunales no les ocasionará consecuencias jurídicas adversas bajo circunstancia alguna.
viernes, 9 de octubre de 2009
Izquierda. De Cuadernos -el blog de Saramago-
Otras veces me he preguntado dónde está la izquierda, y hoy tengo la respuesta: por ahí, humillada, contando los míseros votos recogidos y buscando explicaciones al hecho de ser tan pocos.
Lo que llegó a ser, en el pasado, una de las mayores esperanzas de la humanidad, capaz de movilizar voluntades simplemente apelando a lo que de mejor caracteriza la especie humana, y que creó, con el paso del tiempo, los cambios sociales y los errores propios, sus propias perversiones internas, cada día más lejos de las promesas primeras, asemejándose más y más a los adversarios y a los enemigos, como si esa fuese la única manera de hacerse aceptar, acabó cayendo en meras simulaciones, en las que conceptos de otras épocas fueron utilizados para justificar actos que esos mismos conceptos habían combatido.
Al deslizarse progresivamente hacia el centro, movimiento proclamado por sus promotores como demostración de una genialidad táctica y de una modernidad imparable, la izquierda parece no haber comprendido que se estaba aproximando a la derecha.
Si, pese a todo, fuera todavía capaz de aprender una lección, ésta que acaba de recibir viendo a la derecha pasarle por delante en toda Europa, tendrá que interrogarse acerca de las causas profundas del distanciamiento indiferente de sus fuentes naturales de influencia, los pobres, los necesitados, y también los soñadores, que siguen confiando en lo que resta de sus propuestas. No es posible votar a la izquierda si la izquierda ha dejado de existir.
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